SCJN avala suspender descuentos de Infonavit por incapacidad laboral

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció un criterio que permite a los patrones suspender los descuentos al salario por créditos del Infonavit cuando una persona trabajadora se encuentre ausente o en situación de incapacidad, siempre que se garantice el cumplimiento del pago conforme a los plazos establecidos en la ley. La decisión busca brindar mayor certeza jurídica y proteger los derechos de seguridad social.
¿Qué resolvió la SCJN sobre los créditos del Infonavit?
El Máximo Tribunal fijó jurisprudencia al determinar que los descuentos vía nómina por concepto de créditos de vivienda del Infonavit pueden suspenderse temporalmente cuando el trabajador o la trabajadora no cuente con un salario sobre el cual aplicar la retención, debido a una ausencia o una incapacidad.
La resolución precisa que esta medida es válida siempre que se garantice el cumplimiento de las obligaciones de pago dentro de los plazos previstos por la legislación aplicable.
Con este criterio, la SCJN privilegia la certeza jurídica, la proporcionalidad y la seguridad económica de las personas trabajadoras y de los empleadores.
Buscan evitar cargas económicas desproporcionadas
De acuerdo con la resolución, exigir que los patrones realicen descuentos al salario cuando no existe una base salarial por una ausencia o incapacidad representaba una carga económica desproporcionada para ambas partes.
La Corte consideró que, en estos casos, no existe un salario del cual pueda hacerse la retención correspondiente, por lo que la suspensión temporal de los descuentos resulta compatible con la protección de los derechos laborales y de seguridad social.
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