SCJN prohíbe campañas conjuntas a independientes en Michoacán

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que las candidaturas independientes en Michoacán, como podría ser el caso de Grecia Quiroz, deberán realizar sus campañas de manera individual y no podrán coordinarse para compartir propaganda o realizar eventos conjuntos.
Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 69/2026, el Pleno de la Corte consideró que las candidaturas independientes no pueden formar uniones de facto, debido a que esto podría afectar la equidad en la contienda electoral.
Independientes no podrán coordinar campañas
La ministra Loretta Ortiz Ahlf explicó que la legislación no puede permitir uniones de facto entre candidaturas independientes, pues éstas podrían distorsionar la finalidad de esta figura electoral.
“No se permiten uniones de facto, como las que pretende regular la norma impugnada, pues eso trae como consecuencias jurídicas que podría vulnerar la equidad en la contienda y distorsionar la finalidad de las candidaturas independientes”.
Loretta Ortiz Ahlf, ministra de la SCJN
El ministro presidente de la SCJN, Hugo Aguilar Ortiz, señaló que la regulación de las candidaturas independientes es relativamente reciente y que corresponde al Poder Legislativo realizar los ajustes que requiera este modelo de participación política.
“Hay que reconocer que es un fenómeno reciente la regulación de la candidatura independiente, durante poco más de un siglo y medio, tendrá 20 años esta figura o menos, había un monopolio de acceso al poder a través de partidos políticos… Está en manos del poder legislativo ir haciendo los ajustes necesarios que requiera este régimen electoral o esta línea de participación política electoral”.
Hugo Aguilar Ortiz, ministro presidente de la SCJN
SCJN frena sanciones por “percepción”
Sin embargo, la Corte también invalidó las disposiciones que permitían sancionar a candidaturas independientes cuando, a partir de una simple percepción, se considerara que formaban parte de un bloque, tenían una identidad compartida o impulsaban una plataforma común.
La ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que esa disposición podía permitir que las autoridades actuaran con base en apreciaciones subjetivas.
“Lo cual le permitiría a la autoridad sancionadora partir de apreciaciones sumamente subjetivas para poder saber cuándo acontece esa conducta, pues bastaría con que la simple coincidencia de hacer propuestas ideológicas similares para que se pudiera desencadenar un procedimiento en contra de supuestos infractores”.
Yasmín Esquivel Mossa, ministra de la SCJN
Las infracciones y sanciones electorales por la coordinación indebida entre candidaturas independientes, sí se aplicarán cuando exista evidencia objetiva y verificable de dichas conductas.
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