Valida SCJN desaparición de 109 fideicomisos ordenada en la administración de AMLO

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la extinción de 109 fideicomisos ordenada durante la administración del entonces presidente Andrés Manuel López Obrador, al considerar que estos instrumentos no constituían garantías esenciales de derechos.
El ministro Arístides Guerrero, explicó que los fideicomisos eran mecanismos auxiliares del Poder Ejecutivo para distribuir el gasto público.
“El proyecto considera que los fondos y fideicomisos modificados o eliminados eran mecanismos auxiliares del poder Ejecutivo para distribuir el gasto público y no garantías esenciales de derechos”, Arístides Guerrero, Ministro de la SCJN
Al resolver la Acción de Inconstitucionalidad 303/2020, promovida por senadores de oposición, siete de nueve ministros aprobaron el decreto publicado el 6 de noviembre de 2020, por el cual se ordenó la extinción de los instrumentos financieros en materias como cambio climático, protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas, así como protección civil y desastres naturales.
Durante la discusión, la ministra Lenia Batres Guadarrama destacó que algunos fondos acumulaban recursos sin ejercer plenamente.
“El fondo de desastres naturales llegó a acumular más de 25 mil millones de pesos disponibles, aun cuando se seguían financiando reconstrucciones mediante deuda o reasignaciones presupuestarias”, Lenia Batres Guadarrama, ministra de la SCJN
De acuerdo con el ministro presidente del Tribunal Constitucional, Hugo Aguilar Ortiz, la desaparición de los fideicomisos no eximió al Estado de sus obligaciones en distintos ámbitos, simplemente modificó la forma en la cual se asignan y entregan los recursos para dichos fines.
“Aunque no haya fideicomiso, sí hay, digamos, una especie de etiqueta de los recursos para fortalecer el tema de víctimas, medio ambiente, entre otros temas, yo creo que eso es lo que puede generarse, generar la garantía… Esta Corte no es ajena a qué se requiere de estas garantías presupuestarias para hacer frente de mejor manera, a favor de algunos derechos humanos”, Hugo Aguilar Ortiz, ministro presidente de la SCJN
El ministro ponente del asunto, Arístides Guerrero, subrayó que la pasada integración de la Corte dejó rezagado este asunto por cinco años.
“El cierre de instrucción de esta acción de inconstitucionalidad se generó desde el año 2021, exactamente el 8 de noviembre del año 2021, se cierra la instrucción, es decir, el Pleno de la Corte anterior simplemente dejó transcurrir alrededor de cinco años sin que se resolviera esta acción de inconstitucionalidad”, Aristides Guerrero García, ministro presidente de la SCJN
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