Declaración Anual 2026: quiénes están obligados a presentarla ante el SAT

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) recordó que las empresas deben presentar la Declaración Anual 2025 antes del 31 de marzo de 2026, por lo que llamó a cumplir en tiempo con esta obligación fiscal. El trámite corresponde principalmente a personas morales, mientras que las personas físicas deberán hacerlo durante abril.
De acuerdo con la autoridad fiscal, las fechas cambian según el tipo de contribuyente. Las personas morales sin fines de lucro tuvieron como límite el 16 de febrero, mientras que los demás regímenes del Título II de la Ley del ISR y el RESICO tienen hasta el 31 de marzo para presentar su declaración anual.
¿Quiénes están obligados a presentar la Declaración Anual 2026 ante el SAT?
Para personas físicas, el periodo oficial será del 1 al 30 de abril del año siguiente al ejercicio fiscal. Deben presentarla quienes:
- Tuvieron dos o más patrones al mismo tiempo o dejaron de trabajar antes del 31 de diciembre.
- Laboraron para empresas que no realizan retenciones, como organismos internacionales.
- Obtuvieron ingresos mayores a 400 mil pesos al año.
- Reciben ingresos por honorarios, actividad empresarial o arrendamiento.
El SAT señala que algunos asalariados con un solo patrón podrían no estar obligados, aunque sí pueden presentar la declaración si buscan un posible saldo a favor y devolución de impuestos.
Qué información incluye y cómo prepararse para la Declaración Anual
La plataforma del SAT cuenta con datos precargados para facilitar el proceso, entre ellos:
- Pagos provisionales del ejercicio.
- PTU pagada.
- Retenciones de ISR.
- CFDI de devoluciones y descuentos.
- Pérdidas fiscales y remanentes de años anteriores.
Si se detectan errores, deberán presentarse declaraciones complementarias. Cuando exista saldo a cargo, la actualización se reflejará hasta 48 horas después del pago.
Para enviar la declaración es necesario contar con e.firma vigente y banca electrónica para realizar pagos mediante transferencia bancaria autorizada.
Entre las deducciones personales destacan:
- Gastos médicos y funerarios.
- Seguro de gastos médicos.
- Lentes graduados (hasta 2,500 pesos).
- Colegiaturas y transporte escolar obligatorio.
El SAT recomienda reunir facturas, revisar la información precargada y organizar las finanzas con anticipación para evitar errores y cumplir sin contratiempos.
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