Día feriado y salario extra: qué pasa si trabajas el 2 de febrero
Llegó el primer puente del año y no sólo alumnos podrán disfrutarlo. Para los trabajadores, el lunes 2 de febrero es una fecha clave, ya que es considerado día de descanso obligatorio, lo que significa que si trabajas ese día, la ley establece que deben pagarte más.
El asueto se debe a que la conmemoración del 5 de febrero, Día de la Promulgación de la Constitución Mexicana, se recorre al lunes, conforme a lo establecido en la legislación laboral.
Lunes 2 de febrero, día de descanso obligatorio
El lunes 2 de febrero es reconocido como día de descanso obligatorio, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, por lo que los trabajadores no están obligados a laborar, salvo acuerdo con el empleador.
Sin embargo, en caso de que se presten servicios ese día, la ley es clara sobre la forma en que debe pagarse.
¿Qué pasa si trabajas el 2 de febrero?
Si laboras el lunes 2 de febrero de 2026, el artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo señala que tienes derecho a recibir:
- Tu salario correspondiente al día de descanso
- Un salario doble adicional por haber trabajado
Es decir, ese día debe pagarse triple.
¿Cuánto deben pagarte? Ejemplo
Con el aumento al salario mínimo aprobado para 2026, el Salario Mínimo General pasó de 278.80 a 315.04 pesos diarios.
El pago por trabajar el 2 de febrero quedaría así:
- Salario doble: 315.04 x 2 = 630.08 pesos
- Más salario diario: 315.04 pesos
- Total: 945.12 pesos
Este monto corresponde únicamente al pago por laborar en un día de descanso obligatorio, sin considerar otras prestaciones.
Lo que dice la Ley Federal del Trabajo
La Ley Federal del Trabajo establece textualmente:
“En los casos del artículo anterior los trabajadores y los patrones determinarán el número de trabajadores que deban prestar sus servicios. Si no se llega a un convenio, resolverá el Tribunal.
“Los trabajadores quedarán obligados a prestar los servicios y tendrán derecho a que se les pague, independientemente del salario que les corresponda por el descanso obligatorio, un salario doble por el servicio prestado”.
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