Te llegó una carta invitación del SAT: no la ignores y haz esto hoy

Si eres contribuyente y recibiste una carta invitación del Servicio de Administración Tributaria (SAT), debes saber que se trata de un documento informativo, el cual debes revisar a detalle.
Como su nombre lo indica, la carta invitación del SAT es un llamado para que los contribuyentes que la reciban regularicen el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.
¿Qué hacer si recibes una carta invitación del SAT?
El objetivo de este documento es informar sobre posibles inconsistencias u omisiones detectadas en declaraciones de los contribuyentes.
- Lo primero que se tiene que hacer es revisar su validez.
El SAT cuenta con una herramienta en su página de internet para capturar el número de la invitación recibida o el del teléfono desde el que se contactó, lo cual permite validar si esta acción fue hecha o no por el área de Cobro Persuasivo de la dependencia.
Para consultar en línea la validez de la carta invitación puedes dar clic en este ENLACE, en donde se solicitará el número de control de la carta o el correo electrónico.
Toma nota: el cobro persuasivo en el SAT consiste en enviar comunicados en términos “amigables y no tanto jurídicos”, destaca la propia dependencia, con la finalidad de informar y motivar la realización del pago de adeudos fiscales, para reducir, en la medida de lo posible, tener que llegar a acciones legales como el requerimiento de pago o embargo de bienes.
Después de leer el documento detenidamente y revisar los requerimientos, que varían en cada caso, debes ponerte en contacto con el SAT, si tienes alguna duda, al centro telefónico de cobranza, al siguiente número:
- 55 627 22 728 (desde la CDMX)
- 01 (55) 627 22 728 (desde el resto del país)
El SAT destaca en su página de internet que la llamada será atendida por personal especializado para resolver cualquier duda sobre adeudos, el contenido y autenticidad de las cartas invitación, correos electrónicos, llamadas telefónicas, mensajes, así como de situaciones relacionadas con el Buró de Crédito.
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (Prodecon) destaca que la carta invitación del SAT:
- No es una resolución definitiva
- No afecta la situación jurídica de quien la reciba
- Tiene un carácter exclusivamente informativo
Cabe mencionar que la carta es una medida preventiva para ayudar a los contribuyentes a evitar futuras sanciones, multas o trámites innecesarios.
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