Atención, jubilados fuera de México: tramita constancia de supervivencia para no perder pagos; ve requisitos y fechas clave

Para los jubilados mexicanos que viven en el extranjero, existe un requisito indispensable para poder seguir cobrando la pensión del IMSS, ISSSTE o ISSFAM. Se trata de la constancia de supervivencia.
El documento permite comprobar que los jubilados sigue con vida y mantiene vigente su derecho a la pensión. Si no se realiza, las instituciones pueden suspender los pagos.
¿Cuáles son las instituciones piden constancia de supervivencia?
De acuerdo con las autoridades, los jubilados que viven en el extranjero y que tienen que hacer el trámite, son aquellos que reciben su pensión del:
- Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)
- Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM)
- Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)
- Entre otras
Constancia de supervivencia: fechas para ISSSTE, IMSS e ISSFAM
Para poder realizar el trámite de constancia de supervivencia el ISSSTE y el ISSFAM tienen algunas fechas establecidas. Según los plazos confirmados por las autoridades los jubilados tendrán los siguientes plazos para hacerlo:
- ISSSTE: enero-febrero (primer semestre) y julio-agosto (segundo semestre).
- ISSFAM: del 1 al 31 de marzo y del 1 al 30 de septiembre.
- IMSS: no tiene fechas fijas; debe realizarse cada 6 meses.
¿Qué se necesita para tramitar el certificado?
El trámite se realiza de forma presencial en una oficina consular mexicana. Estos son los requisitos principales:
ISSSTE:
- Credencial de pensionista (original y copia) o identificación oficial.
- Número de pensionista.
- Último talón de pago.
- Fotografía tamaño credencial a color.
ISSFAM:
- Tarjeta de Filiación (original y copia).
- Fotografía tamaño credencial.
IMSS:
- Credencial de pensionista o identificación oficial.
- Número de Seguridad Social (11 dígitos).
- Último talón de pago (si se tiene).
- Fotografía
La constancia de supervivencia se emite sin costo en consulados mexicanos. Es obligatorio acudir personalmente para completar el trámite.
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