Trabajadores independientes pueden incorporarse al IMSS; así funciona el trámite

Los trabajadores no asalariados del ámbito urbano pueden solicitar su incorporación voluntaria al Régimen Obligatorio del IMSS, con lo que obtienen acceso a las prestaciones de seguridad social para ellos y sus beneficiarios. El trámite puede realizarse por internet o de manera presencial en la subdelegación correspondiente.
¿Quiénes pueden solicitar la incorporación voluntaria al IMSS?
Este esquema está dirigido a personas que trabajan por cuenta propia, como:
- Profesionistas independientes
- Comerciantes
- Artesanos
- Personas que laboran en industrias familiares
- Trabajadores no asalariados
La incorporación puede hacerse de forma individual o colectiva. En este último caso, se requiere un grupo de al menos 25 personas.
¿Cómo hacer el trámite?
El trámite está disponible en dos modalidades:
En línea
Para realizarlo es necesario contar con:
- CURP
- Número de Seguridad Social (NSS)
- Correo electrónico
- En algunos casos, responder el cuestionario médico solicitado por el IMSS.
Si se utiliza el Escritorio Virtual también se requiere la e.firma (FIEL) con sus archivos .key, .cer y la contraseña de la clave privada.
Presencial
El interesado debe acudir a la subdelegación del IMSS que le corresponda con:
- CURP
- Número de Seguridad Social
- Correo electrónico
- Identificación oficial vigente (original y copia)
- Comprobante de domicilio (original y copia)
- Cuestionario médico, cuando aplique
¿Cuánto cuesta el aseguramiento?
El trámite de incorporación es gratuito, pero el aseguramiento tiene una cuota anual de 20 mil 538 pesos con 59 centavos. En el caso de la modalidad 44, correspondiente a trabajadores independientes y no asalariados, el pago puede realizarse de forma bimestral o anual.
¿Quiénes no pueden incorporarse?
El IMSS establece que no podrán acceder a esta incorporación voluntaria las personas que presenten determinadas enfermedades preexistentes, entre ellas:
- Tumores malignos
- Insuficiencia renal crónica
- Enfermedades crónicas del hígado
- Complicaciones tardías de diabetes mellitus
- Insuficiencia cardíaca o secuelas de cardiopatía isquémica
- Enfermedad pulmonar obstructiva crónica con insuficiencia respiratoria
- VIH positivo o síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA)
- Psicosis, demencias y otras enfermedades mentales graves
- Alcoholismo y otras adicciones
¿Cuándo inicia la cobertura?
La cobertura tiene una duración de un año. Los servicios médicos para el trabajador y sus beneficiarios comienzan el primer día del mes siguiente a la incorporación.
La renovación puede solicitarse dentro de los 30 días naturales previos al vencimiento de la anualidad vigente.
El IMSS también advierte que no realizará devoluciones totales ni parciales de los pagos efectuados, por lo que es indispensable proporcionar información completa y veraz, especialmente sobre el estado de salud y las enfermedades preexistentes.
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