Puedes jubilarte desde los 61 años en el IMSS bajo la Ley 73, pero cambia monto de pensión

| 17:22 | Alejandra Guzmán | Uno TV
El IMSS cubre pesiones de jubilados
El IMSS cubre pesiones de jubilados. Foto: Cuartoscuro

Tener una pensión en elInstituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) se puede logar a los 61 años bajo el régimen de la Ley 73, es decir, para todos aquellos que comenzaron su cotización a la institución antes del 1 de julio de 1997.

De acuerdo con la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (Consar) jubilarse con 61 años es posible, aunque no se recibirá el 100% de la jubilación y solo se podrá acceder a cierto porcentaje.

La Consar explica antes de los 65 años, se otorga la pensión de cesantía a la que se puede aplicar desde los 60 y hasta los 64 años. Además, también es necesario tener mínimo 500 semanas de cotización ante el IMSS.

Para las personas que busquen su pensión antes de los 65 años, edad en la que se da el 100% de la pensión, el porcentaje cambiará según la edad del solicitante.

La Consar detalla los siguientes porcentajes por edad:

  • 60 años se da el 75%
  • 61 años se da el 80%
  • 62 años, se da el 85%
  • 63 años, se da el 90%
  • 64 años, se da el 95%

Además, explica que “para determinar la pensión se toma en cuenta el salario diario promedio de las últimas 250 semanas cotizadas (aproximadamente 5 años) y tu nivel salarial”.

Documentos solicitados para tramitar la pensión

Para solicitar la pensión es necesario tener a la mano los siguientes documentos que serán solicitados por las autoridades:

  • Identificación oficial
  • Estado de Cuenta de tu AFORE o algún comprobante que acredite tu registro en la Administradora (si no cuentas con él solicítalo a tu AFORE)
  • Estado de cuenta bancario con número de Clave Bancaria Estandarizada (CLABE)
  • Resolución o Negativa de pensión emitida por el IMSS

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