¿Murió un beneficiario? Así puedes cobrar el pago de marcha del Bienestar

Las Pensiones para el Bienestar contemplan un pago de marcha para apoyar a las familias de las personas derechohabientes que fallecen. Este apoyo económico se entrega por única ocasión a la persona registrada como auxiliar y aplica para tres programas sociales del Gobierno de México.
¿Qué es el pago de marcha de las Pensiones para el Bienestar?
El pago de marcha es un apoyo económico destinado a la persona que fue registrada como auxiliar de quien recibía una pensión de los Programas para el Bienestar.
Este beneficio está disponible para quienes eran derechohabientes de:
- Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores
- Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad
- Pensión Mujeres Bienestar
La entrega del recurso se realiza una sola vez y el monto depende del programa al que pertenecía la persona fallecida.
¿Cómo solicitar el pago de marcha?
La persona auxiliar debe reportar el fallecimiento llamando a la Línea del Bienestar al 800 639 42 64, disponible de lunes a viernes de 8:00 a 21:00 horas y fines de semana y días festivos de 9:00 a 19:00 horas.
Durante la llamada se solicitarán los datos personales tanto del auxiliar como de la persona derechohabiente fallecida. También es recomendable tener a la mano el acta de defunción o la constancia médica de fallecimiento emitida por una institución pública, ya que algunos datos serán necesarios para el trámite.
Una vez realizada la notificación, el personal de la Línea del Bienestar indicará los pasos para recibir el apoyo.
Es importante considerar que el fallecimiento debe reportarse dentro de los dos bimestres posteriores al deceso. Si el aviso se realiza después de ese plazo, se pierde el derecho al pago de marcha.
Tras completar el procedimiento, el depósito se realiza en el siguiente bimestre.
¿Cómo registrar a una persona auxiliar?
Las reglas de operación de las Pensiones para el Bienestar establecen que únicamente la persona registrada como auxiliar puede recibir el pago de marcha.
Quienes aún no hayan designado a un auxiliar pueden hacerlo llamando a la Línea del Bienestar. Durante el registro se solicitarán los siguientes datos de ambas personas:
- CURP
- Dirección
- Clave de elector
- Número telefónico de contacto
La persona auxiliar podrá representar a la o el derechohabiente en trámites relacionados con la pensión y, en caso de fallecimiento, será la única con derecho a solicitar el pago de marcha.
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