¿Te vas a pensionar? Esta regla de la Ley 73 puede aumentar el porcentaje de tu pensión

Las personas que cotizan bajo la Ley 73 del IMSS pueden obtener un porcentaje mayor de su pensión si esperan seis meses después de cumplir años antes de solicitarla, una regla que cobra relevancia ante el aumento gradual de las cuotas de la Modalidad 40.
De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el porcentaje de la pensión por Cesantía en Edad Avanzada se determina con base en la edad al momento de adquirir el derecho. La tabla establece porcentajes de 75% a 95% entre los 60 y 64 años, mientras que a partir de los 64 años, 6 meses y 1 día se puede considerar el 100% de la pensión de vejez que le hubiera correspondido a los 65 años.
¿Cuánto aumenta la pensión según la edad?
La Ley 73 contempla los siguientes porcentajes para determinar la cuantía de la pensión por Cesantía en Edad Avanzada:
- A los 60 años, corresponde el 75%
- A los 61 años, el 80%
- A los 62 años, el 85%
- A los 63 años, el 90%
- A los 64 años, el 95%
- A los 64 años, 6 meses y 1 día, se alcanza el 100%
La razón por la que los seis meses pueden modificar el porcentaje está en el artículo 171 de la Ley del Seguro Social de 1973, que establece que se aumenta un año a la edad cumplida cuando esta excede en seis meses. Por ello, una persona de 60 años que haya cumplido 60 años, 6 meses y 1 día puede ser considerada de 61 años para determinar la cuantía correspondiente.
Esto significa que el cambio entre los 60 años y los 60 años, 6 meses y 1 día puede representar el paso de 75% a 80%, es decir, cinco puntos porcentuales en el porcentaje utilizado para calcular la pensión.
Requisitos para la pensión Ley 73 del IMSS
El beneficio aplica a quienes estén sujetos al régimen de la Ley del Seguro Social de 1973. El IMSS señala que para solicitar una pensión de Cesantía bajo este régimen se requiere, entre otros puntos:
- Haber cotizado ante el IMSS antes del 1 de julio de 1997
- Tener 60 años cumplidos al presentar la solicitud
- Encontrarse dado de baja del Régimen Obligatorio
- Contar con al menos 500 semanas de cotización reconocidas por el IMSS
- Estar dentro del periodo de conservación de derechos correspondiente
El cálculo de la pensión no depende únicamente de la edad. Los lineamientos del IMSS para la Ley 73 también señalan que para determinar la cuantía básica anual y sus incrementos se toma en cuenta, entre otros elementos, el promedio salarial de las últimas 250 semanas de cotización. Además, se considera un incremento anual por cada 52 semanas adicionales de cotización después de haber cubierto las 500 requeridas.
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