IMSS te permite seguir cotizando si perdiste tu empleo; ve requisitos

| 18:06 | Alejandra Guzmán | Uno TV
IMSS permite seguir cotizando tras la baja
IMSS permite seguir cotizando tras la baja. Foto: Cuartoscuro

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) cuenta con la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio, una opción para aquellos que dieron de baja de la institución, pero quieren seguir acumulando semanas de cotización para la pensión.

Con este esquema se permite mantener las aportaciones al Instituto de manera independiente. El procedimiento puede realizarse en línea o de forma presencial, es gratuito y está dirigido a personas que dejaron de cotizar en el régimen obligatorio.

¿Quién puede solicitar la Continuación Voluntaria del IMSS?

De acuerdo con el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), el trámite está disponible para:

  • Personas dadas de baja del régimen obligatorio
  • Un representante autorizado mediante carta poder

Para iniciar el proceso por internet es necesario contar con:

  • CURP
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Correo electrónico vigente

En caso de acudir a una subdelegación del IMSS, también se requiere identificación oficial, comprobante de domicilio y un escrito libre solicitando la inscripción.

¿Cómo hacer el trámite en línea?

El IMSS permite realizar la inscripción a través de su portal de servicios digitales.

Los pasos son:

  • Ingresar al apartado “Solicitud de inscripción en la continuación voluntaria en el régimen obligatorio”
  • Capturar la CURP y un correo electrónico válido
  • Esperar la aprobación de la solicitud
  • Realizar el pago correspondiente en línea o en una institución bancaria

Una vez registrado el pago, el aseguramiento queda formalizado por el sistema.

Lo que debes saber antes de inscribirte

El IMSS establece que la persona asegurada puede elegir el salario con el que desea cotizar, siempre que sea igual o superior al registrado antes de su baja y no rebase el límite permitido por la ley.

También es importante considerar que:

  • Las cuotas se pagan mensualmente y por adelantado, a más tardar el día 17 de cada mes
  • Si se dejan de pagar las cuotas, el asegurado puede ser dado de baja
  • La Continuación Voluntaria no otorga servicios médicos. Quienes deseen esa cobertura deberán contratar el Seguro de Salud para la Familia por separado
  • El trámite de inscripción es gratuito, aunque las cuotas de aseguramiento sí deben cubrirse conforme al salario elegido

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