Profepa interpone denuncia por posesión ilegal de mono araña en Ocotlán, Jalisco

| 09:49 | Redacción | Agencias
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El mono araña es una especie en peligro de extinción.Foto: Gettyimages/Ilustrativa

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) presentó una denuncia penal contra quien resulte responsable por la posesión ilegal de un ejemplar de mono araña (Ateles geoffroyi) en el municipio de Ocotlán, Jalisco.

La denuncia se basó en el Artículo 420, fracción IV del Código Penal Federal, que sanciona actividades ilegales relacionadas con la captura, posesión, transporte o comercio de especies de flora o fauna silvestres en peligro de extinción o protegidas por tratados internacionales, como el CITES, informó la dependencia en un comunicado.

  • Lo anterior, luego de que se captó a la regidora Silvia Iliana Villarruel Gutiérrez, de Movimiento Ciudadano (MC), interactuando con el ejemplar y dándole manotazos para controlarlo.

¿Qué se sabe del caso del mono araña?

La Profepa dio atención al caso en seguimiento a información compartida el pasado 9 de febrero; por lo cual, el 10 de febrero, su personal de inspección acudió a la presidencia municipal de Ocotlán con el propósito de recabar información para identificar el origen y la situación del ejemplar.

Durante la diligencia, localizó a la persona que aparecía en el video con el ejemplar, quien refirió que pertenecía a otra persona y que desconocía los datos de quien lo tenía en posesión, pues solamente lo pidió prestado.

 En respuesta, se le informaron las disposiciones aplicables en materia de vida silvestre, en particular lo establecido en el artículo 60 Bis, quinto párrafo, de la Ley General de Vida Silvestre, y se le solicitó proporcionar cualquier dato que contribuyera a localizar a la persona que se encontraba en ilícita posesión del ejemplar, a fin de continuar con las investigaciones.

Mono araña en peligro de extinción

El mono araña (Ateles geoffroyi) es una especie en peligro de extinción conforme a la Norma Oficial Mexicana NOM-059-SEMARNAT-2010. Además, de acuerdo con la Ley General de Vida Silvestre, ningún ejemplar de primate puede ser sujeto de aprovechamiento extractivo, ya sea de subsistencia o comercial.

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