Corte Suprema de EE. UU. endurece proceso de asilo para migrantes que no han dejado México

La Corte Suprema de Estados Unidos emitió un fallo que cambia el criterio sobre el acceso al asilo para personas que se encuentran del lado mexicano de la frontera, al establecer que quienes no han cruzado hacia territorio estadounidense no pueden ser considerados solicitantes de protección.
Con esta decisión, el máximo tribunal abre la puerta a una mayor discrecionalidad de las autoridades migratorias y refuerza el control en la frontera, al señalar que el deber de atender solicitudes de asilo sólo se activa una vez que la persona ya está dentro de Estados Unidos.
Asilo sólo aplica si ya se cruzó la frontera, dice la Corte
El tribunal determinó que las personas que permanecen en México, sin haber ingresado a Estados Unidos, no tienen derecho a ser procesadas como solicitantes de asilo, por lo que el Gobierno estadounidense no está obligado a recibir sus solicitudes en ese punto.
En la práctica, esto implica que el acceso al sistema de asilo se limita únicamente a quienes ya se encuentran físicamente en territorio estadounidense, incluso si su entrada fue irregular.
Más control en la frontera y posibles bloqueos a cruces
El fallo también abre la posibilidad de que las autoridades estadounidenses refuercen medidas de contención en la frontera, incluyendo restricciones operativas para limitar el número de cruces diarios o impedir el acceso a ciertos puntos.
Según el criterio de la Corte, estas acciones no violan la ley migratoria, ya que el deber de procesar solicitudes de asilo no existe antes del ingreso al país.
Migrantes fuera del país quedan sin protección bajo este criterio
Uno de los puntos centrales de la sentencia es que el principio de “no devolución” del derecho internacional no aplica para personas que aún no están dentro del territorio estadounidense.
Esto significa que si un migrante es regresado a México sin haber cruzado formalmente, no se considera una violación a obligaciones internacionales, bajo la interpretación del tribunal.
Sólo quienes ya están dentro conservan derecho a pedir asilo
La decisión no modifica la situación de quienes ya se encuentran en Estados Unidos, incluso si entraron sin documentos, ya que éstos sí pueden iniciar un proceso de asilo bajo ciertas condiciones.
El impacto principal del fallo recae en miles de personas que permanecen en la frontera mexicana, quienes ahora enfrentan un escenario más limitado para solicitar protección internacional.
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