Nueva causal de nulidad electoral provocaría litigios y disputas, advierte Barra Mexicana de Abogados

La Barra Mexicana del Colegio de Abogados consideró que la nueva causal de nulidad electoral podría derivar en litigios prolongados y controversias debido a ambigüedades en el concepto de “intervención” e “injerencia” extranjera.
Mediante un comunicado, la asociación señaló que la reforma constitucional aprobada por Morena representa un “peligro”.
Si bien destacó que la defensa de la soberanía nacional es un objetivo “legítimo” y “necesario”, todo proceso electoral debe “cumplir con los más altos estándares de certeza, legalidad, objetividad y seguridad jurídica”.
Barra Mexicana de Abogados advierte ambigüedades
La Barra Mexicana manifestó sus dudas sobre los alcances de la nueva causal de nulidad; la ambigüedad de los conceptos de “intervención” o “injerencia” podría “abarcar conductas de muy diversa naturaleza”.
De igual forma, subrayó que las causales de nulidad electoral deben interpretarse estrictamente “y sustentarse en parámetros objetivos que permitan acreditar, con claridad y certeza, una afectación grave, determinante y directamente vinculada con el resultado de la elección.”
“La incertidumbre jurídica derivada de normas ambiguas puede generar efectos indeseables para la estabilidad política del país”.
Incluso, la Barra Mexicana de Abogados consideró que “podría generar litigios prolongados, conflictos postelectorales y una disminución de la confianza ciudadana en los resultados electorales.”
Por eso, hizo un llamado al Congreso de la Unión a que realice reformas secundarias para definir los conceptos que refieren a una injerencia extranjera como causal de nulidad.
¿Qué dice la reforma sobre anular elecciones por intervención extranjera?
El pasado 29 de mayo, la Cámara de Senadores aprobó la reforma constitucional que permitirá anular elecciones cuando se acredite la intervención de individuos, organizaciones o gobiernos extranjeros con la intención de influir en las preferencias o en los resultados electorales.
La modificación incorpora al artículo 41 de la Constitución la posibilidad de invalidar una elección cuando exista intervención extranjera con capacidad de influir en los resultados.
Además, mientras se expide una ley reglamentaria, el régimen transitorio faculta al Instituto Nacional Electoral (INE) y al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) para adecuar sus normas y garantizar el cumplimiento de esta nueva causal.
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