Publican en el DOF reglas de transparencia; dependencias deberán reportar contratos cada mes

| 19:03 | Aránzazu Perusquía | Uno TV
Publican en el DOF reglas de transparencia; dependencias deberán reportar contratos cada mes
Publican en el DOF reglas de transparencia | Foto: generada con IA (ChatGPT)

Las dependencias del Poder Ejecutivo federal deberán actualizar cada mes la información sobre los contratos públicos que celebren en la Plataforma Nacional de Transparencia, de acuerdo con un decreto publicado este martes 4 de agosto en el Diario Oficial de la Federación (DOF). La medida también ordena hacer pública información adicional sobre empresas públicas del Estado y actividades de fiscalización.

El decreto instruye a los sujetos obligados del Gobierno federal a actualizar mensualmente la información prevista en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública sobre los contratos suscritos, incluidos sus convenios modificatorios. La actualización deberá realizarse dentro de los 15 días hábiles posteriores al cierre de cada mes, con la información generada durante el mes inmediato anterior.

Gobierno federal ordena actualizar contratos públicos cada mes

Además de la actualización mensual de contratos, el decreto establece que las dependencias deberán publicar de manera proactiva información considerada de interés público.

En el caso de las filiales de las empresas públicas del Estado, deberán difundirse, entre otros documentos:

  • Estados financieros
  • Actas constitutivas
  • Información del gobierno corporativo
  • Políticas de recursos humanos y remuneraciones
  • Contratos celebrados en México y en el extranjero

También se ordena publicar información relacionada con las actividades de fiscalización de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, como informes anuales, programas de fiscalización, resultados de auditorías y el padrón de despachos de auditores externos.

¿Cuándo entrará en vigor?

El decreto establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Asimismo, señala que Transparencia para el Pueblo contará con 90 días hábiles para emitir los criterios técnicos y poner a disposición los formatos correspondientes. Una vez que esto ocurra, los sujetos obligados tendrán 30 días hábiles para publicar la información adicional prevista en el decreto.

La interpretación del decreto corresponderá a Transparencia para el Pueblo, mientras que la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno habilitará un apartado especial dentro de la Plataforma Nacional de Transparencia para concentrar esta información.

Sigue a Uno TV en Google Discover y consulta las noticias al momento