¿Qué necesitas para vender o comprar cohetes? Así se está regulada la pirotecnia en México

Existe una amplia regulación sobre la pirotecnia en México que condiciona la venta con permiso, toda vez que la ciudadanía puede comprar de forma legal menos de 10 kilogramos de cohetes en negocios autorizados.
La fabricación, almacenamiento, compra y venta de artificios pirotécnicos están reguladas por la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos y su Reglamento, además de las disposiciones de la Secretaría de la Defensa Nacional (Defensa).
La legislación federal considera a los productos pirotécnicos como “artificios”. Establece que la Defensa tiene a su cargo el control y vigilancia de la actividad legal relacionada con la compra y venta de cohetes.
¿Qué requisitos se necesitan para vender pirotecnia?
La venta de cohetes no puede realizarse libremente, ya que los interesados deben solicitar a Defensa el permiso general para la compra, almacenamiento, venta y consumo de artificios pirotécnicos o, en su caso, un permiso extraordinario de compra y venta legal, de acuerdo con el artículo 48 del Reglamento de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos.
El permiso general exige, entre varios requisitos, no tener antecedentes penales y cumplir con normas de seguridad y ubicación del taller o almacén donde estarán los fuegos pirotécnicos, así como un dictamen técnico de Protección Civil.
¿Puede cualquier persona poner un puesto de cohetes?
No cualquier persona puede colocar un puesto de pirotecnia. Defensa establece las siguientes medidas de seguridad para los establecimientos y tianguis autorizados:
- Productos fuera del alcance del público
- Rutas de evacuación
- Señalamientos preventivos
- Extintores
Por ello, una persona no debe instalar un puesto y comenzar a vender cohetes, ya que esto va en contra de la normativa.
¿Es legal comprar cohetes?
La legislación federal permite la venta de artificios pirotécnicos a particulares que no cuentan con permiso, pero establece un límite.
El artículo 60 del Reglamento de la Ley Federal de Armas establece que los establecimientos con permiso general pueden vender hasta 10 kilogramos de cohetes a particulares que quieren comprar sin permiso legal.
Para cantidades mayores, se requiere un permiso otorgado por la Comandancia de Zona o Guarnición Militar correspondiente.
Un consumidor que compra menos de 10 kilogramos de fuegos pirotécnicos para uso personal no tendría que tramitar ningún permiso, en tanto la operación se realice en un negocio autorizado.
Esto solo aplica para pirotecnia de uso ordinario para particulares y no para actividades específicas. Para espectáculos o eventos, se requieren permisos de la Defensa y autoridades locales de Protección Civil.
Además, cada entidad tiene su propia reglamentación sobre el uso de fuegos artificiales para espectáculos. Por ejemplo, en la Ciudad de México, existe un trámite para autorizar la instalación y quema de pirotecnia en espectáculos públicos y tradicionales.
Multas y penas por venta ilegal de pirotecnia
Principales sanciones administrativas
- Fabricar explosivos o artificios pirotécnicos incumpliendo condiciones del permiso: suspensión del permiso.
- Reincidir o incumplir gravemente condiciones de fabricación, almacenamiento, venta o transporte: cancelación del permiso.
- Almacenar explosivos o pirotecnia en lugares no autorizados o con riesgo: aseguramiento del material.
- Operar taller, fábrica, polvorín o punto de venta sin autorización e incumpliendo seguridad: posible clausura del establecimiento.
- Transportar explosivos sin autorización o incumplimiento del permiso: aseguramiento de material y suspensión o cancelación del permiso.
- Vender artificios pirotécnicos sin permiso o a personas no autorizadas: clausura, aseguramiento y posible cancelación de permiso.
Penas de prisión
Operar talleres, fábricas o almacenes incumpliendo las condiciones previstas
- Un mes a 2 años (supuesto general) o 15 a 30 años (artefactos explosivos improvisados)
- Multa de 2 a 100 UMA (supuesto general) o de 300 a mil UMA (artefactos explosivos improvisados)
Almacenar ilegalmente, transportar sin permiso o vender explosivos sin autorización
- Un mes a dos años
- Multa de 2 a 100 UMA
Fabricar, comercializar, transferir, transportar o usar artefactos explosivos improvisados
- 15 a 30 años
- Multa de 300 a mil UMA
Enviar explosivos o materiales explosivos por correo
- 3 a 5 años
- 100 a 500 UMA
Transportar explosivos como empresa no autorizada
- Un mes a dos años
- 2 a 100 UMA
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