Sin debate y bajo amenaza de multa, Yucatán aprueba reforma constitucional que ordenó la SCJN

| 00:00 | Redacción Uno TV | UnoTV
Declarar inconstitucional no es imponer cómo legislar. FOTO: FB/Yucatán

Fue una sesión extraordinaria en todos los sentidos. Breve, silenciosa y sin voces disidentes. Este lunes, el Congreso de Yucatán aprobó por unanimidad la reforma al artículo 1° de su Constitución local, eliminando la frase “desde la fecundación” del reconocimiento al derecho a la vida y alineando así la carta magna estatal con la despenalización del aborto hasta las 12 semanas de gestación que el propio Congreso ya había aprobado en el Código Penal en abril de 2025.

El voto fue unánime. Todas las bancadas levantaron la mano a favor, incluido el Partido Acción Nacional. No hubo abstenciones. No hubo votos en contra. Y sobre todo, no hubo debate.

La presión que precedió al voto

La sesión de este lunes no llegó sola. Como informó Uno TV en exclusiva este domingo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación había emitido requerimientos formales al Congreso de Yucatán para que cumpliera con la sentencia del Amparo en Revisión 274/2024, mediante la cual la entonces Primera Sala instruyó a los legisladores a modificar la Constitución estatal en materia de aborto.

El Juzgado Tercero de Distrito notificó individualmente a cada diputado que no tenía margen para deliberar: estaba obligado a acatar lo que determinó el máximo tribunal. El apercibimiento fue explícito: multas individuales de hasta 269 mil 226 pesos a cada legislador que no cumpliera.

Fue bajo esa presión —y con ese reloj corriendo— que el Congreso convocó a la sesión extraordinaria de este lunes.

Una sesión sin palabras

Lo que ocurrió en el pleno resultó tan revelador como el propio resultado. El dictamen que se sometió a votación no fue hecho público antes de la sesión. Para agilizar el proceso, el Congreso votó una dispensa de lectura, mecanismo que permite omitir la lectura del documento ante el pleno. Ningún legislador tomó la tribuna para defender su voto, para explicar su posición o para argumentar en contra.

En una reforma constitucional que había generado meses de controversia jurídica, política y social en Yucatán y en todo el país, el pleno tardó minutos. Nadie habló. Nadie debatió. Todos votaron sí.

Consultados por Uno TV ningún diputado aceptó dar declaraciones al respecto.

El debate que no hubo en el Pleno

Fuera del Congreso, sin embargo, el debate sí existe —y es profundo.

Para el constitucionalista Abraham Madero Márquez, lo que ocurrió este lunes en Yucatán ilustra con precisión el problema que representa la actuación de la SCJN en este tipo de casos. El especialista explicó a Uno TV que el fondo del asunto no es si el aborto debe despenalizarse o no, sino si la Corte puede instruir a los congresos estatales el sentido en el que deben legislar, sin respetar la división de poderes.

Ese es el límite que ningún tribunal debería cruzar, advirtió Madero Márquez: una cosa es declarar inconstitucional una norma y otra muy distinta es ordenar a los representantes populares el resultado exacto que deben producir en sus parlamentos, bajo amenaza de sanciones económicas personales. Lo que ocurrió hoy, señaló, no fue una deliberación legislativa. Fue la ejecución de una instrucción judicial.

En esa línea, más de mil 200 organizaciones civiles, pro vida, familiares y religiosas de todo el país publicaron hoy un desplegado dirigido al gobernador Joaquín Díaz Mena, pidiéndole que no cediera ante la presión de la Corte. Calificaron de “abominable” sacrificar el derecho a la vida con fines políticos, y acusaron a la SCJN de pretender actuar como “Supremo Legislador”, violando la separación de poderes y la soberanía de Yucatán.

La abogada Amelia Ojeda, en cambio, defiende la actuación de la Corte. Para la especialista, la SCJN no invadió ninguna competencia ajena: simplemente le ordenó al Congreso alinear su normativa local con la Constitución federal y con los criterios constitucionales que el propio Tribunal Supremo ya había establecido como precedente. En su lectura, la Corte no legisló sobre el aborto; garantizó el cumplimiento de un criterio constitucional sobre quién tiene la facultad de definir la titularidad de los derechos humanos.

Qué cambio y qué no

Con la reforma aprobada este lunes, el artículo primero de la Constitución de Yucatán mantiene el reconocimiento al derecho a la vida, pero elimina la frase “desde la fecundación”, que era el eje del conflicto jurídico. El nuevo texto incorpora el respeto a los derechos humanos y los tratados internacionales como marco de interpretación

La modificación cierra el ciclo abierto por el Amparo en Revisión 274/2024 y pone fin —al menos formalmente— a los requerimientos y apercibimientos judiciales que pesaban sobre los legisladores yucatecos.

El precedente que queda

Lo que no cierra este lunes es el debate de fondo. Madero Márquez advirtió que el mecanismo utilizado por la SCJN —instruir a los congresos sobre el contenido específico de sus reformas bajo amenaza de multas personales— sienta un precedente que puede extenderse a cualquier materia de política pública, más allá de temas ideológicamente sensibles como el aborto.

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