Cambian reglas antilavado en México: estos negocios tendrán nuevas obligaciones

La SHCP modificó las reglas de la Ley Antilavado para aumentar los controles que deben cumplir las personas y empresas que realizan Actividades Vulnerables en México.
El Acuerdo 115/2026, publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 7 de agosto de 2026, incorpora nuevas disposiciones para identificar clientes, conocer sus operaciones, detectar riesgos y conservar documentación.
Entre los cambios también se contemplan capacitación del personal, mecanismos automatizados de monitoreo y auditorías de cumplimiento.
¿Qué negocios están sujetos a las nuevas reglas antilavado?
Las modificaciones alcanzan a los sectores que realizan las actividades consideradas vulnerables por la legislación, entre ellos:
- Constructoras, desarrolladoras e inmobiliarias.
- Joyerías y comercializadoras de metales y piedras preciosas.
- Venta y comercialización de vehículos.
- Casas de empeño y negocios que realizan préstamos o créditos en los supuestos previstos por la ley.
- Notarios, corredores públicos y determinados profesionistas.
- Agentes y agencias aduanales.
- Empresas relacionadas con activos virtuales.
- Negocios dedicados a juegos con apuestas, concursos y sorteos.
- Comercializadores de obras de arte.
- Asociaciones que reciben determinados donativos.
La obligación no es igual para todos los negocios. La LFPIORPI establece distintos supuestos y montos a partir de los cuales deben realizarse determinadas acciones, como identificar clientes o presentar avisos.
¿Qué tendrán que hacer?
Uno de los principales cambios es la incorporación de un enfoque basado en riesgos. Los negocios deberán identificar y evaluar los riesgos relacionados con sus clientes y operaciones.
También tendrán que reforzar la identificación del beneficiario controlador, es decir, la persona que finalmente obtiene el beneficio o ejerce el control sobre una operación.
Además, las nuevas reglas contemplan obligaciones relacionadas con manuales de políticas internas, capacitación, monitoreo de operaciones, avisos, conservación de información y auditorías.
Esto podría significar que algunos clientes tengan que proporcionar más información o documentación al realizar determinadas operaciones.
¿Cuándo entran en vigor las nuevas reglas?
La aplicación será gradual. De acuerdo con la información difundida sobre el Acuerdo 115/2026, su entrada en vigor general está prevista para el 30 de noviembre de 2026.
Las principales obligaciones comenzarán a aplicarse el 1 de marzo de 2027, mientras que los mecanismos automatizados de monitoreo deberán estar disponibles a más tardar el 1 de junio de 2027.
El primer periodo anual de auditoría de cumplimiento está previsto para 2028.
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