¿Te pueden multar con 12 mil 800 pesos por el MTU? Esto dice la CNBV

| 12:31 | Mario Ostos | UnoTV
¿Te pueden multar? Esto pasa si  no estableces tu MTU. Foto: Getty
¿Te pueden multar? Esto pasa si no estableces tu MTU. Foto: Getty

El Monto Transaccional del Usuario (MTU) es un mecanismo de seguridad para las transferencias electrónicas que implementó la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV). Aunque en redes sociales circula la versión de que existe una multa de 12 mil 800 pesos por no configurarlo, la autoridad no ha emitido ninguna disposición que establezca esa sanción para los usuarios de la banca en México.

La información falsa surgió a partir de la cifra equivalente a 1,500 UDIS, que corresponde aproximadamente a 12 mil 800 pesos. Sin embargo, ese monto no representa una multa, sino el límite inicial que una institución financiera puede asignar a las operaciones digitales cuando el cliente no configura su MTU.

¿Qué es el MTU?

El Monto Transaccional del Usuario (MTU) es una herramienta creada para fortalecer la seguridad de las operaciones realizadas a través de la banca digital.

Consiste en un límite máximo que el propio cliente establece para las transferencias electrónicas efectuadas mediante:

  • Banca móvil.
  • Banca por internet.
  • Banca telefónica.

Su objetivo es reducir el impacto de posibles fraudes. Si una persona obtiene acceso no autorizado a una cuenta e intenta realizar una transferencia por un monto superior al autorizado, la institución financiera deberá solicitar mecanismos adicionales de autenticación antes de completar la operación.

¿Existe una multa de 12 mil 800 pesos?

La respuesta es no.

Hasta el momento, la CNBV no ha publicado ninguna disposición en el Diario Oficial de la Federación (DOF) que establezca una sanción económica para quienes no determinen su MTU.

Los aproximadamente 12 mil 800 pesos corresponden al valor de 1,500 UDIS, que puede utilizarse como límite predeterminado durante la implementación del esquema, pero no representan un cobro ni una penalización para el usuario.

¿Qué pasa si no configuras el MTU?

No establecer un Monto Transaccional del Usuario no implica la suspensión de la cuenta ni la pérdida de dinero.

Si el cliente no realiza la configuración dentro del periodo previsto, la institución financiera podrá asignar automáticamente un límite para sus operaciones digitales.

De manera general, durante la implementación se contempla un límite inicial equivalente a 1,500 UDIS, cuyo valor en pesos puede variar conforme se actualiza este indicador. Posteriormente, los bancos también podrán determinar límites con base en el perfil transaccional de cada cliente, de acuerdo con la regulación vigente.

¿Qué implicaciones tiene no definir un límite personalizado?

Si el usuario no configura su MTU, algunas operaciones podrían requerir pasos adicionales de verificación.

Entre las posibles implicaciones se encuentran:

  • Las transferencias que superen el límite asignado requerirán una autenticación adicional.
  • Algunas operaciones podrán realizarse hasta que el cliente modifique el límite establecido.
  • Los pagos de montos elevados podrían solicitar mecanismos adicionales de seguridad.

Esto significa que la cuenta continúa funcionando y el dinero permanece disponible, aunque ciertas operaciones digitales estarán sujetas a verificaciones adicionales.

¿Qué operaciones abarca el MTU?

El MTU aplica a diversas operaciones realizadas por canales digitales, entre ellas:

  • Transferencias electrónicas.
  • Operaciones mediante SPEI.
  • Pagos realizados desde la banca electrónica.
  • Operaciones digitales como CoDi y DiMo, según los servicios que ofrezca cada institución financiera.

La medida no modifica las operaciones realizadas directamente en sucursales bancarias ni aquellas efectuadas mediante otros mecanismos presenciales.

Fechas de implementación del MTU

La CNBV estableció un calendario para la implementación gradual del esquema:

  • 1 de octubre de 2025: las instituciones financieras debieron habilitar la opción para que los clientes configuraran su MTU.
  • 1 de enero de 2026: comenzó la aplicación obligatoria del esquema. A partir de esa fecha, quienes no definieron un monto pueden quedar sujetos al límite que establezca su banco conforme a la regulación.

Lo que sí está confirmado sobre el MTU

Hasta ahora, la información confirmada por la regulación es la siguiente:

  • No existe una multa de 12 mil 800 pesos por no configurar el MTU.
  • El MTU es una medida de seguridad para las transferencias electrónicas.
  • Cada cliente puede establecer el límite máximo para sus operaciones digitales.
  • Si el usuario no configura el MTU, el banco podrá asignar un límite para sus operaciones conforme a la regulación.
  • Los aproximadamente 12 mil 800 pesos corresponden al valor de 1,500 UDIS, no a una sanción económica.

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