Pensionados de Ley 73 pueden obtener dinero adicional por asignaciones familiares

Las personas que reciben una pensión por Cesantía en Edad Avanzada o Vejez bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1973 pueden incrementar el monto de su pago mensual al registrar a determinados beneficiarios como parte de las asignaciones familiares, informó el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Este apoyo económico adicional depende del tipo de familiar registrado y de que cumpla con los requisitos establecidos en la legislación vigente.
¿Qué beneficiarios aumentan el monto de la pensión?
De acuerdo con el IMSS, las asignaciones familiares se otorgan por los siguientes beneficiarios:
- 15% adicional por esposa o concubina.
- 10% por cada hijo menor de 16 años.
- 10% por cada hijo de 16 a 25 años, siempre que estudie en un plantel incorporado al Sistema Educativo Nacional y no cotice en el régimen obligatorio.
- 10% por cada hijo con una enfermedad o discapacidad que le impida mantenerse por sí mismo, sin importar la edad, mientras continúe esa condición.
Si el pensionado no tiene esposa, concubina ni hijos con derecho a la asignación, podrá recibir:
- 10% por cada padre que dependa económicamente de él.
- Si solo cuenta con un ascendiente, también podrá obtener una ayuda asistencial adicional del 10%.
¿Cuándo terminan las asignaciones familiares?
El IMSS señala que las asignaciones concluyen cuando fallece el familiar que dio origen al beneficio.
En el caso de los hijos, el apoyo finaliza al cumplir 16 años, o hasta los 25 años si continúan estudiando y presentan el documento que lo acredite.
Para hijos con incapacidad permanente para trabajar por enfermedad física, psíquica o crónica, la asignación continuará mientras subsista esa condición.
¿Qué pasa si no tienes beneficiarios?
Si el pensionado no cuenta con esposa, concubina, hijos o padres que dependan económicamente de él, el IMSS podrá otorgarle una ayuda asistencial equivalente al 15% de su pensión.
El instituto también precisa que, en algunos casos, el porcentaje de la asignación familiar puede ser menor debido a los ajustes previstos en el artículo 169 de la Ley del Seguro Social vigente hasta el 30 de junio de 1997.
Sigue a Uno TV en Google Discover y consulta las noticias al momento.
¿Tienes una denuncia o información que quieras compartir? Escríbenos al WhatsApp de Uno TV: +52 55 8056 9131. Tu mensaje puede hacer la diferencia.



