IMSS e ISSSTE: quiénes pueden obtener un complemento a su pensión en 2026

El Fondo de Pensiones para el Bienestar continúa operando en 2026 como un mecanismo para complementar las pensiones de trabajadores que cumplen con los requisitos establecidos, mientras la presidenta Claudia Sheinbaum ha señalado que esta medida busca revertir los efectos de las reformas pensionarias de 1997 y 2007.
El fondo fue creado en mayo de 2024 y tiene como objetivo complementar el monto de las pensiones de personas que cotizaron bajo el régimen de cuentas individuales, con el propósito de acercarlo al salario promedio del último año cotizado, hasta el límite establecido para cada ejercicio. Para 2026, ese límite es de 17 mil 885.85 pesos mensuales.
La mandataria federal ha planteado que el Fondo forma parte de las acciones para recuperar mejores condiciones de retiro ante los cambios derivados de las reformas pensionarias.
En el IMSS, el nuevo modelo sustituyó el esquema solidario por uno de cuentas individuales administradas por las Afores. Por su parte, la reforma de 2007 del ISSSTE también modificó el sistema pensionario y estableció el régimen de cuentas individuales para determinados trabajadores.
¿Quiénes pueden recibir el Fondo de Pensiones para el Bienestar?
El Fondo de Pensiones para el Bienestar contempla a personas trabajadoras afiliadas al IMSS y al ISSSTE que cumplan con los requisitos establecidos para acceder al complemento de pensión.
Requisitos para trabajadores del IMSS
En el caso del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pueden acceder al complemento quienes cumplan, entre otros, con los siguientes criterios:
- Tener 65 años al momento de solicitar la pensión por vejez.
- Haber comenzado a cotizar bajo el régimen establecido por la Ley del Seguro Social vigente a partir del 1 de julio de 1997.
- Contar con las semanas de cotización requeridas para obtener una pensión. En 2026, el requisito es de 875 semanas.
- Tener una resolución de pensión emitida a partir del 2 de mayo de 2024.
- Que el monto de la pensión sea menor al salario promedio que obtuvo la persona durante el último año de cotización.
- Cumplir con las demás condiciones establecidas para el tipo de pensión correspondiente.
Cuando se cumplen los criterios, el complemento se determina durante el trámite de pensión.
Requisitos para trabajadores del ISSSTE
Para las personas trabajadoras afiliadas al Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el Fondo también contempla un complemento para quienes se pensionen bajo el esquema de cuentas individuales y cumplan con las condiciones establecidas en la legislación.
Entre los criterios se encuentran:
- Tener 65 años o más al momento de pensionarse.
- Cotizar bajo el régimen de cuentas individuales del ISSSTE.
- Contar con una pensión que se encuentre dentro del rango establecido para acceder al complemento.
- Cumplir con los requisitos previstos en la legislación aplicable al régimen de cuentas individuales.
En ambos casos, el objetivo del Fondo de Pensiones para el Bienestar es complementar el monto de la pensión para acercarlo al salario de referencia, sin que esto implique que todas las personas beneficiarias recibirán automáticamente el 100% de su último salario.
Para 2026, el monto máximo considerado para el complemento es de 17 mil 885.85 pesos mensuales.
¿Cuánto puede aumentar la pensión con el Fondo de Pensiones?
El monto del complemento depende de la diferencia entre la pensión otorgada y el salario de referencia, por lo que no significa que todas las personas beneficiarias reciban exactamente 100% de su último salario.
El propio IMSS reportó que, entre los 7 mil 224 beneficiarios registrados hasta mayo de 2026, la proporción promedio respecto del último salario pasó de 52.5% sin el complemento a 96.1% con el apoyo. El fondo, por tanto, busca acercar la pensión al salario de referencia dentro del límite establecido para el año.
El límite de 2026, de 17 mil 885.85 pesos mensuales, se actualiza anualmente conforme a la inflación esperada establecida en los Criterios Generales de Política Económica de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP).
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