¿Las pensiones deben pagar ISR? El SAT aclara la duda

Entre los jubilados existe la duda si deben pagar el Impuesto Sobre la Renta (ISR) cada vez que reciben su pensión. El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó quienes son los pensionados exentos de cumplir con el ISR y quienes deben pagarlo.
¿Las pensiones deben pagar impuestos?
Ante los rumores que circulan sobre el presunto pago del ISR por parte de los pensionados, el pasado 5 de junio el SAT publicó una ficha informativa para señalar que el artículo 93 de la Ley del ISR establece que las pensiones están exentas de pagar impuestos mientras no excedan las 15 UMAS diarias, es decir 53 mil 493 pesos al mes.
En caso de que las pensiones sean mayores a dicha cantidad, el ISR se cubre únicamente por el monto que exceda a lo permitido. Por ejemplo, si se recibe una pensión de 60 mil pesos al mes, el contribuyente está exento de 53 mil 493 pesos y únicamente tendría que pagar un impuesto de 6 mil 507 pesos.
“No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos: (…) Las jubilaciones, pensiones, haberes de retiro, así como las pensiones vitalicias u otras formas de retiro, provenientes de la subcuenta del seguro de retiro o de la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, previstas en la Ley del Seguro Social y las provenientes de la cuenta individual del sistema de ahorro para el retiro prevista en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, en los casos de invalidez, incapacidad, cesantía, vejez, retiro y muerte, cuyo monto diario no exceda de quince veces el salario mínimo general del área geográfica del contribuyente, y el beneficio previsto en la Ley de Pensión Universal. Por el excedente se pagará el impuesto en los términos de este Título”, dice la Ley del ISR.
¿Las Pensiones del Bienestar pagan impuestos?
El SAT también aclaró que es falso que los beneficiarios de la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores deberán pagar este impuesto, ya que los apoyos económicos provenientes de programas sociales no se consideran ingresos, por lo que no hay obligación de declarar el ISR.
En el artículo 90 de la Ley del ISR se menciona que: “Tampoco se consideran ingresos para efectos de este Título, los ingresos por apoyos económicos o monetarios que reciban los contribuyentes a través de los programas previstos en los presupuestos de egresos, de la Federación o de las Entidades Federativas”.
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