Bienestar da apoyo tras el fallecimiento de pensionados: ¿quién recibe el Pago de Marcha?

La muerte de un familiar puede representar un gasto inesperado. Ante esta situación, los deudos de personas beneficiarias de las pensiones para adultos mayores y personas con discapacidad permanente pueden acceder al llamado Pago de Marcha, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
Este apoyo económico se entrega por única vez y está dirigido al representante o adulto auxiliar que haya sido registrado por la persona beneficiaria del programa.
¿Quién puede recibir el Pago de Marcha?
De acuerdo con las reglas de operación citadas por la Secretaría de Bienestar, el apoyo corresponde al representante o adulto auxiliar registrado. En caso de que el derechohabiente fallecido no haya designado a ninguna de estas figuras, el Comité Técnico del Programa puede determinar, bajo circunstancias especiales, si procede la entrega.
Un requisito importante es que el fallecimiento sea notificado de manera inmediata a través de la Línea de Bienestar.
Además, para recibir el Pago de Marcha, el representante o adulto auxiliar no debe haber recibido ningún apoyo después de la fecha de fallecimiento del beneficiario.
La persona adulta mayor debe designar a su representante o adulto auxiliar desde su inscripción al programa. Para las personas con discapacidad permanente, la designación corresponde a la madre, padre o tutores legales.
¿Qué pasa con la pensión después del fallecimiento?
La Secretaría de Bienestar debe dar de baja del padrón a la persona beneficiaria una vez que se informa su fallecimiento.
Por ello, los familiares o representantes deben evitar realizar cobros posteriores, ya que cobrar la pensión a nombre de una persona fallecida constituye un delito, según la información proporcionada por Bienestar.
El Pago de Marcha está contemplado para las pensiones dirigidas a personas adultas mayores y personas con discapacidad permanente. Su objetivo es brindar un apoyo económico al representante o adulto auxiliar que acompañó y brindó cuidados al derechohabiente durante su vida.
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