Cuáles son los derechos de una persona ya en proceso de deportación ante la Corte de Migración en Estados Unidos

Una persona con una situación migratoria irregular puede enfrentar una de las situaciones más abrumadoras cuando el gobierno de Estados Unidos busca deportarla: presentarse sola ante un juez, sin saber qué puede exigir ni qué protecciones existen.
Pese a lo anterior, la ley federal la protege con una serie de derechos específicos durante todo el proceso, sin importar su estatus migratorio, aunque no se trate de un tribunal penal.
Ese proceso se conoce formalmente como “proceso de remoción”. Los derechos que protegen a la persona están establecidos en el reglamento federal que rige las cortes de inmigración, y el juez tiene la obligación de explicarlos al inicio del caso. Conocerlos de antemano puede ser la diferencia entre defenderse con información completa o enfrentar el proceso sin saber qué esperar.
Derecho a un abogado, aunque no sea gratis
La persona tiene derecho a estar representada por un abogado de su elección durante todo el proceso, según ese mismo reglamento, pero con una salvedad importante: el gobierno no está obligado a pagarlo, a diferencia de lo que ocurre en un caso penal.
Conseguir y costear su propio abogado, o buscar ayuda legal gratuita o de bajo costo por su cuenta, es responsabilidad de la persona.
El juez tiene la obligación de asegurarse de que la persona haya recibido, antes de avanzar con el caso, una lista de organizaciones que ofrecen servicios legales gratuitos o pro bono en su zona. Esa lista es un punto de partida obligatorio, no una simple sugerencia.
Derecho a intérprete, a presentar pruebas y a cuestionar al gobierno
La persona tiene derecho a varias garantías básicas durante las audiencias, que buscan asegurar un proceso justo. Estas son las principales:
- Intérprete gratuito, pagado por la propia corte, si su dominio del inglés no es suficiente para entender y participar en el proceso. Este sí corre por cuenta del gobierno, a diferencia del abogado, según el manual de políticas de EOIR, aunque debe solicitarse con al menos 30 días de anticipación a la audiencia
- Examinar y objetar la evidencia que el gobierno presente en su contra
- Presentar su propia evidencia para defender su caso
- Interrogar a los testigos que presente el gobierno
Derecho a apelar y a elegir el país de deportación
La persona no se queda sin opciones de inmediato aunque el juez ordene la deportación. Tiene derecho a apelar esa decisión ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA, por sus siglas en inglés), según el mismo reglamento, y el juez debe asegurarse de que reciba por escrito la información sobre cómo ejercer ese derecho antes de cerrar el caso.
Ese derecho a apelar no aplica de la misma forma cuando la orden de deportación se dicta porque la persona no se presentó a su audiencia (“en ausencia”). En ese caso existe otro recurso, según el manual de políticas de EOIR: pedir que se reabra el caso mediante una moción, por ejemplo si la persona no recibió el aviso de la audiencia, estaba detenida sin culpa propia, o enfrentó una circunstancia excepcional como una enfermedad grave.
La persona también tiene derecho a elegir a qué país será enviada si finalmente se ordena la remoción, con algunas excepciones que dependen de las leyes de inmigración. Esa designación no es automática ni la decide solo el gobierno: es una opción que la misma ley reconoce directamente a la persona afectada.
Qué opciones existen para evitar la deportación
La persona puede solicitar distintas formas de alivio migratorio, además de defenderse de los cargos. Esas opciones le permiten evitar la deportación o incluso obtener un estatus legal si se aprueban, según los materiales oficiales de autoayuda de EOIR. Las opciones más comunes incluyen:
- Asilo, para quienes temen persecución en su país de origen por motivos como raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular
- Cancelación de remoción, disponible en dos versiones distintas: una para personas sin residencia permanente y otra para quienes ya tienen la Green Card
- Visa T, pensada para víctimas de trata de personas
- Visa U, para víctimas de ciertos delitos que colaboran con las autoridades
- Salida voluntaria, que permite irse del país por cuenta propia en lugar de tener una orden formal de deportación en el expediente
Cada una de estas opciones tiene requisitos distintos, y no todas las personas califican para todas ellas.
Dónde buscar ayuda oficial y gratuita
El propio gobierno ofrece herramientas gratuitas para entender el proceso sin necesidad de un abogado. El Immigration Court Online Resource (ICOR), de la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración, está disponible en español, inglés, chino, criollo haitiano, portugués y punjabi, según los materiales de autoayuda de EOIR, y explica paso a paso cómo funciona una audiencia y qué hacer en cada etapa.
Los Self-Help Legal Centers también existen, ubicados físicamente dentro de las propias cortes de inmigración, donde el personal ofrece información general sobre el proceso a quienes se representan a sí mismos por no contar con un abogado.
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