USCIS impone un plazo clave a quienes piden asilo: esto puede pasar si no lo cumples

| 13:43 | Miguel Escudero | USCIS
Quien reprograme su cita debe demostrar una circunstancia excepcional.
Quien reprograme su cita debe demostrar una circunstancia excepcional. Foto: AFP

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) endureció, de acuerdo con su sitio oficial, el proceso para reprogramar una entrevista de asilo, la cita obligatoria que la agencia usa para decidir si aprueba o no una solicitud de asilo presentada directamente ante ella (lo que se conoce como asilo afirmativo, distinto del que se pide como defensa ante un juez de inmigración).

Desde el 21 de agosto de 2026, quien falta a su entrevista o quiere cambiarla de fecha debe demostrar lo que la agencia llama circunstancias excepcionales, un estándar mucho más estricto que el que aplicaba antes.

El cambio no es un simple trámite administrativo: quien no logre justificar su ausencia puede terminar con la solicitud de asilo desechada, o remitida directamente a un juez de inmigración, sin haber tenido nunca la entrevista. Antes existía un margen más amplio para explicar una falta, ahora esa “ventana” prácticamente desapareció.

La nueva regla aplica a cualquier persona con una solicitud de asilo afirmativo pendiente ante USCIS, sin importar si tiene otro estatus migratorio vigente en el país. 

¿Qué cuenta como una circunstancia excepcional?

La ley migratoria (sección 240(e)(1) del Immigration and Nationality Act) define las circunstancias excepcionales como situaciones fuera del control de la persona, y USCIS aclara que su lista de ejemplos no es la única posible: el propio sitio de la agencia señala que puede reconocer otras circunstancias, aunque advierte que las “menos convincentes” no calificarán. 

Estos son los tres ejemplos que pone como referencia:

  • Maltrato o crueldad extrema: contra la propia persona solicitante, su hijo o hija, o su padre o madre
  • Enfermedad grave: de la persona solicitante, su cónyuge, su hijo o hija, o su padre o madre
  • Muerte: del cónyuge, un hijo o hija, o el padre o la madre de quien solicita asilo

La diferencia entre categorías importa: el maltrato solo se reconoce si ocurrió contra la propia persona, un hijo o un padre, mientras que la enfermedad grave y la muerte sí incluyen al cónyuge. 

En cualquier caso, hace falta presentar una explicación por escrito y documentos que la respalden, como expedientes médicos, reportes policiales o actas de nacimiento o defunción. Si algún documento está en otro idioma, debe entregarse junto con una traducción certificada al inglés.

¿Cómo funciona el trámite de reprogramación?

El proceso cambia según el momento en que se pide el cambio de fecha. Si la persona solicita la reprogramación antes de la fecha de la entrevista y logra demostrar una circunstancia excepcional, USCIS reprograma la cita y notifica por escrito la nueva fecha, hora y lugar. Si pide el cambio antes de la entrevista pero no logra justificarlo, la agencia niega la solicitud por escrito y esa persona debe presentarse de todas formas a la cita original.

El otro escenario es faltar a la entrevista sin haber pedido antes la reprogramación. En ese caso, la persona tiene 10 días calendario, contados desde la fecha en que faltó, para enviar la explicación por escrito y la documentación de respaldo. USCIS revisa cada caso de forma individual y puede pedir información adicional antes de decidir si acepta o rechaza la justificación.

¿Qué pasa si no se cumple el plazo?

Cuando pasan los 10 días sin que la persona logre demostrar una circunstancia excepcional —o si nunca lo intentó—, USCIS actúa según la situación migratoria de cada quien:

  • Con estatus legal vigente: la agencia desecha la solicitud de asilo
  • Sin estatus legal vigente: el caso se remite directamente a un juez de inmigración, sin haber tenido entrevista
  • Con libertad condicional (parole): USCIS decide, caso por caso, si da por cumplidos los fines de esa libertad condicional o si la termina y remite el caso a un juez

En cualquiera de los tres casos, USCIS advierte que faltar a la entrevista también puede afectar la posibilidad de pedir un permiso de trabajo basado en la solicitud de asilo pendiente. 

Y aunque una persona sí logre justificar la ausencia y consiga una nueva fecha, esa reprogramación por sí misma también puede alterar cuándo puede solicitar ese permiso, según advierte la propia agencia.

¿Qué cambió y desde cuándo?

Antes de este cambio, quienes faltaban a su entrevista tenían un margen mucho más amplio: unos 45 días bajo el estándar de “buena causa”, un criterio menos estricto que el de circunstancias excepcionales que rige ahora, según un despacho especializado en inmigración (International Legal and Business Services Group). 

La Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA) confirma, además, que la agencia dejó de enviar el aviso previo de inasistencia que antes le daba a la persona una oportunidad adicional de reaccionar antes de que le negaran el caso, y que el cambio se anunció el 8 de julio de 2026 y entró en vigor el 21 de agosto.

Ocurre, además, en medio de otros ajustes al proceso de asilo: desde finales de julio, los oficiales de asilo pueden remitir un caso a un juez de inmigración sin haber hecho la entrevista, de acuerdo con CLINIC, una red católica de asistencia legal migratoria, lo que hace que cumplir estos plazos sea todavía más determinante desde el inicio del trámite.

¿Qué hacer si te toca reprogramar?

Para quien reciba una fecha de entrevista y sepa que no podrá asistir, lo más seguro es pedir la reprogramación antes de la fecha programada, no después. Reunir la documentación con tiempo —expedientes médicos, actas o reportes policiales, y sus traducciones certificadas si hace falta— también ayuda, porque USCIS puede pedir información adicional antes de resolver, lo que alarga el proceso si no se entrega todo desde el principio.

Quien ya faltó a su entrevista todavía tiene una ventana de 10 días calendario para intentar justificarlo, pero ese plazo corre incluso si la persona no se enteró a tiempo del aviso o tuvo un problema logístico de último momento. Ese tipo de excusas, advierte la agencia, no suele calificar como circunstancia excepcional.

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