Esta prueba podría ser obligatoria para miles de familias que tramitan una visa o residencia en EE. UU.

| 14:08 | Miguel Escudero | USCIS
La prueba sigue siendo opcional.
La prueba sigue siendo opcional. Foto: AFP

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) instruyó a sus oficiales a sugerir la prueba de ADN en muchos más trámites de los que aplicaba hasta ahora. 

El cambio quedó establecido en la Alerta de Política PA-2026-06, vigente desde el 5 de agosto de 2026, y modifica cinco secciones distintas del Manual de Políticas que rigen peticiones familiares, adopciones y definiciones de parentesco. Pese a lo anterior, la medida no convierte la prueba genética en un requisito legal, pero sí adelanta el momento en que un oficial puede pedirla.

Antes, un oficial solo podía sugerir la prueba de ADN después de que tanto la evidencia primaria como la secundaria resultaran insuficientes para comprobar el parentesco alegado, y cada dirección interna de la agencia aplicaba ese criterio de forma distinta.

¿Qué cambia exactamente con esta nueva política de USCIS?

Con la nueva guía, el oficial está obligado a sugerir la prueba de ADN en cuanto la familia no logre comprobar el parentesco alegado, cuando la evidencia primaria es no disponible, no confiable o insuficiente y se necesita evidencia adicional

USCIS enmarca el cambio dentro de la orden ejecutiva 14165, “Securing Our Borders”, firmada el 20 de enero de 2025, cuya sección novena pide usar “cualquier tecnología y procedimiento disponible para determinar la validez de una relación familiar alegada”.

La agencia insiste en que la prueba sigue siendo “una forma opcional de evidencia” y no un trámite forzoso. Lo que cambió no es la naturaleza de la prueba, sino el punto del proceso en el que el oficial debe ofrecerla como opción.

¿A quién afecta esta nueva regla sobre la prueba de ADN?

El ajuste no se queda en un solo tipo de trámite. Las cinco secciones del Manual de Políticas que la alerta modifica cubren:

  • Peticiones de familiares de personas refugiadas o asiladas
  • Determinación de elegibilidad de niños huérfanos en procesos de adopción
  • Adopciones bajo el Convenio de La Haya, en la llamada “excepción de hermanos”
  • Definición de “hijo” para la ciudadanía y naturalización de menores nacidos en el extranjero de padre ciudadano estadounidense, un tema que también se cruza con los cambios recientes en las reglas de ciudadanía por nacimiento
  • Reglas generales de evidencia que aplican a la mayoría de los trámites migratorios ante la agencia

Esa amplitud explica por qué el cambio no se limita a un solo tipo de solicitante. En cuatro de los cinco casos, la familia termina recibiendo una visa o una tarjeta de residencia. El quinto caso es diferente.

Se trata de niños nacidos fuera de Estados Unidos cuyo padre es ciudadano estadounidense, y ahí lo que está en juego no es una visa ni una residencia, sino la ciudadanía misma del menor. Lo que conecta a los cinco casos no es el tipo de trámite, sino que todos necesitan comprobar que existe un parentesco real entre las personas involucradas

¿Es obligatorio hacerse la prueba de ADN si USCIS la sugiere?

La prueba sigue siendo opcional para la familia; lo obligatorio, según la alerta, es que el oficial la sugiera dentro de una solicitud de evidencia adicional, el trámite conocido como RFE, cuando haga falta reforzar la prueba del parentesco. La familia conserva la posibilidad de responder con otro tipo de documentación.

Ese mismo día, USCIS publicó por separado la Alerta PA-2026-05, que amplía la discreción de los oficiales para negar solicitudes incompletas sin emitir antes un RFE o un aviso de intención de negar, según reportó Natural Law Review

Si un oficial ejerce esa discreción y niega el trámite antes de llegar a la etapa de RFE, la obligación de sugerir la prueba de ADN —que depende justamente de que se abra ese RFE— nunca se activaría. Las dos alertas se publicaron el mismo día, pero USCIS no explicó cómo deben coordinarse entre sí.

Reunir la mayor cantidad de evidencia documental posible desde el inicio del trámite —actas, fotografías, registros escolares o médicos que respalden el parentesco— reduce el riesgo de que una familia llegue al punto donde un oficial tenga que sugerir la prueba genética. Quienes ya tienen un caso abierto pueden revisar el estado de su trámite y otros cambios migratorios recientes que entran en vigor este mes, o consultar cómo verificar si hay problemas pendientes en su expediente sin pagar a un abogado.

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