Nuevo memorando migratorio genera temor entre familias: qué extranjeros tendrían que salir de EE.UU. para obtener la Green Card

Para miles de inmigrantes que llevaban meses o años construyendo su caso de residencia permanente desde adentro del país, las reglas han dado un giro radical. Desde el pasado 21 de mayo, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) activó el memorando PM-602-0199, una nueva guía de política migratoria que redefine cómo se tramita la Green Card y que, en la práctica, obliga a la mayoría de los solicitantes a salir de Estados Unidos para completar el proceso.
De acuerdo con el memorando migratorio, la vía ordinaria es ahora el procesamiento consular, es decir, tramitar la residencia permanente desde una embajada o un consulado estadounidense en el extranjero. De lo contrario, quedarse en el país durante el trámite requerirá justificar por qué el caso merece un trato distinto.
Un cambio que no avisa, pero sí aplica a casos en curso
Uno de los aspectos que más alarma a las comunidades inmigrantes es que la medida no distingue entre solicitudes nuevas y expedientes ya en proceso. Según el memorando, los trámites pendientes tampoco quedan blindados: quedan sujetos a una revisión más estricta, donde el oficial asignado evaluará factores positivos y negativos del historial de cada solicitante antes de tomar una decisión.
El documento define ahora el ajuste de estatus como “una medida discrecional y de gracia administrativa”, no como un derecho. Eso significa que cumplir todos los requisitos legales ya no garantiza una respuesta favorable. El oficial puede denegar la solicitud aun cuando el solicitante sea técnicamente elegible, según confirmó CBS News.
Despachos de abogados de inmigración como Ellis Law y GMLaw advirtieron, de acuerdo con información publicada por CBS, que la nueva política amplía el margen de interpretación de los oficiales y que no existe una lista cerrada de criterios, lo que genera incertidumbre incluso para quienes tienen casos sólidos.
¿Quiénes serían los más afectados por esta medida?
Pese a lo anterior, el impacto no será uniforme. Hay perfiles migratorios que enfrentarán mayores obstáculos para seguir tramitando su residencia desde EE. UU., entre ellos:
- Estudiantes con visa F-1 o M-1 que buscan ajustar su estatus al terminar sus estudios o conseguir empleo.
- Trabajadores con visas temporales como la H-1B, H-2A o H-2B cuya situación laboral cambió durante el proceso.
- Turistas o personas que ingresaron con visa de visitante y tienen solicitudes de residencia en curso.
- Solicitantes de asilo cuyo caso aún no ha sido resuelto y que pretendían completar el proceso sin salir del país.
- Personas con estatus migratorio en trámite que dependen de no salir del territorio para no perder beneficios o protecciones vigentes.
¿Quiénes quedarían exentos o con menor impacto?
El memorando reconoce que hay categorías con condiciones especiales para seguir tramitando la Green Card desde EE. UU., siempre que puedan documentar su situación adecuadamente:
- Cónyuges, hijos menores de 21 años y padres de ciudadanos estadounidenses.
- Víctimas de delitos que cuenten con una visa U activa o en proceso.
- Beneficiarios de protecciones bajo la Ley de Violencia contra la Mujer (VAWA).
- Personas con emergencias humanitarias documentadas, como enfermedades graves que imposibiliten el viaje.
- Quienes puedan demostrar que salir de EE.UU. representa un riesgo real para su seguridad personal.
- Solicitantes con separaciones familiares de carácter extremo que justifiquen permanecer en el país durante el trámite.
Cómo es el proceso para tramitar la Green Card fuera de Estados Unidos
Para quienes deban seguir la vía consular, el proceso se gestiona desde el país de origen a través de una embajada o consulado estadounidense. Según el portal oficial USA.gov y la guía de Curbelo Law, estos son los pasos que implica:
- Verificar elegibilidad en el portal de USCIS según la categoría que aplique: familiar, laboral o humanitaria.
- Esperar la aprobación de la petición por parte de USCIS, tras lo cual el expediente pasa al Departamento de Estado para continuar.
- Completar el proceso en el Centro Nacional de Visas (NVC): pago de tarifas, llenado del formulario DS-260 y carga de documentos civiles con sus traducciones correspondientes.
- Realizarse el examen médico con un médico autorizado por el consulado en el país de origen.
- Asistir a la entrevista consular en la embajada o consulado de EE.UU., donde un oficial evalúa el caso y toma la decisión final.
- Pagar las tarifas de la visa de inmigrante una vez aprobada la solicitud, antes de viajar.
- Ingresar a EE.UU., donde el Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) confirma la admisión como residente permanente en el puerto de entrada.
- Recibir la Green Card por correo en las semanas siguientes a la entrada al país.
Los tiempos varían según la categoría migratoria, el país de origen y la disponibilidad de visas, que se publica mensualmente en el boletín oficial del Departamento de Estado en travel.state.gov.
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