Nuevas reglas para choferes federales: pruebas toxicológicas obligatorias en más casos y mayor vigilancia médica

Se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un ordenamiento obligatorio para aquellas personas que tramiten o renueven una licencia federal para operar en el transporte terrestre federal: se fortalecerán exámenes psicofísicos integrales, se amplía uso de pruebas toxicológicas y se endurece la supervisión.
La modificación al Reglamento del Servicio de Medicina Preventiva en el Transporte busca reforzar los controles de salud para el personal que participa en la operación, conducción y auxilio del autotransporte federal y del sistema ferroviario.
¿Qué cambia para los choferes con licencia federal, según DOF?
Uno de los principales cambios es que el reglamento precisa los alcances de los exámenes psicofísicos integrales, los cuales seguirán siendo un requisito para acreditar que una persona es apta para desempeñar funciones relacionadas con el transporte terrestre federal.
Además, la autoridad podrá ordenar estudios complementarios, incluido el examen toxicológico, cuando lo considere necesario para emitir o ratificar un dictamen médico.
Pruebas toxicológicas: en qué casos podrán aplicarse
El nuevo decreto, publicado en el DOF, fortalece el papel de las pruebas toxicológicas dentro del sistema de medicina preventiva.
De acuerdo con la reforma, estas podrán realizarse como parte de un examen médico en operación, durante un examen psicofísico integral, después de un accidente o incidente de transporte, cuando exista sospecha de consumo de alcohol o sustancias que alteren las capacidades de la persona conductora, o cuando así lo establezcan tratados internacionales aplicables.
También se incluye la detección de alcohol, sustancias psicotrópicas, estupefacientes y medicamentos que puedan afectar el desempeño de las actividades relacionadas con la conducción.
¿Qué pasa si una persona se niega a la prueba?
La reforma es clara en este punto: quien se niegue a realizar un examen toxicológico recibirá un dictamen de no aptitud psicofísica.
En consecuencia, no podrá desempeñar las actividades amparadas por la licencia federal hasta que se someta a una nueva evaluación psicofísica integral y toxicológica realizada por la autoridad o por las unidades médicas correspondientes.
Más control sobre quienes realizan los exámenes médicos
Otro de los cambios relevantes es el fortalecimiento de las reglas para las llamadas personas terceras autorizadas, es decir, particulares que pueden realizar exámenes psicofísicos integrales como auxiliares de la autoridad.
El decreto establece nuevos requisitos para obtener y conservar estas autorizaciones, entre ellos capacitación especializada, acreditación de competencias médicas, cumplimiento de obligaciones fiscales, infraestructura adecuada y sistemas informáticos para el manejo de expedientes y resultados.
Habrá más inspecciones, verificaciones y vigilancia
La reforma crea mecanismos más amplios de verificación, vigilancia, inspección y supervisión para revisar el funcionamiento de las personas autorizadas y de las unidades médicas.
En caso de detectar irregularidades, información falsa o incumplimiento de obligaciones, podrán aplicarse medidas que van desde la suspensión temporal hasta la revocación definitiva de la autorización.
¿Cuándo entran en vigor los cambios?
El decreto establece que las nuevas disposiciones entrarán en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Los trámites iniciados antes de la entrada en vigor continuarán bajo las reglas vigentes al momento de su presentación, mientras que las personas autorizadas que actualmente prestan estos servicios podrán seguir operando hasta que concluya la vigencia de su autorización, así lo indica el documento oficial.
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