De la “Ley Taibo” a la iniciativa contra la doble nacionalidad: así han cambiado las reglas

| 12:38 | Eduardo Ramírez Mendoza | UnoTV
Paco Ignacio Taibo II y Claudia Sheinbaum. Foto: Cuartoscuro

La Ley Federal de Entidades Paraestatales, conocida como “Ley Taibo”, fue modificada en marzo de 2019 para eliminar el requisito de ser mexicano por nacimiento para dirigir organismos públicos, una reforma que permitió que Paco Ignacio Taibo II, nacido en España y naturalizado mexicano, pudiera encabezar el Fondo de Cultura Económica (FCE). 

Ahora, el tema de la nacionalidad vuelve al Congreso, pero con una propuesta en sentido distinto: la presidenta Claudia Sheinbaum busca establecer que quienes aspiren a la Presidencia de la República o a una gubernatura no tengan doble nacionalidad

“Ley Taibo” permitió que mexicanos por naturalización dirigieran entidades paraestatales 

La reforma a la Ley Federal de Entidades Paraestatales modificó, entre otros aspectos, el artículo 21, que establecía como requisito para ocupar la Dirección General de las entidades paraestatales ser mexicano por nacimiento. La modificación eliminó esa condición y permitió que los mexicanos por naturalización también pudieran ocupar esos cargos.

El cambio estuvo relacionado con la designación de Paco Ignacio Taibo II para dirigir el FCE, debido a que el escritor nació en Gijón, España, en 1949, y se naturalizó mexicano en 1984.

El Senado aprobó el 11 de diciembre de 2018 la reforma que eliminó el requisito de ser mexicano por nacimiento para dirigir entidades paraestatales. Posteriormente, la reforma fue avalada por la Cámara de Diputados y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 1 de marzo de 2019. 

Con ello, quedó establecido el cambio que permitió a un mexicano por naturalización ocupar la Dirección General del FCE.

La modificación estableció como requisito ser ciudadano mexicano en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos, sin hacer una distinción entre mexicanos por nacimiento y mexicanos por naturalización para ocupar esos cargos.

Paco Ignacio Taibo II y la frase “se las metimos doblada”

El caso de Paco Ignacio Taibo II tomó relevancia pública en noviembre de 2018, cuando ya había sido propuesto para dirigir el FCE y todavía se discutía la modificación legal que permitiría su nombramiento.

Durante su participación en la Feria Internacional del Libro de Guadalajara, el 27 de noviembre de 2018, Taibo II habló sobre su próxima llegada al FCE. En ese contexto, afirmó que si la reforma no era aprobada, López Obrador podría nombrarlo encargado de despacho mientras se modificaba la legislación.

“Sea como sea, se las metimos doblada, camarada”, Paco Ignacio Taibo II en la FIL de Guadalajara.

La declaración ocurrió mientras se encontraba en discusión la reforma al artículo 21 de la Ley Federal de Entidades Paraestatales. Taibo II había señalado que, si la modificación no estaba aprobada para el 3 de diciembre, López Obrador podría emitir un decreto para nombrarlo encargado de despacho del FCE.

Doble nacionalidad: Sheinbaum propone nuevas reglas para Presidencia y gubernaturas

El debate sobre la nacionalidad para ocupar cargos públicos regresó al Congreso en agosto de 2026. El 30 de agosto, el Senado recibió la iniciativa de reforma constitucional enviada por la presidenta Claudia Sheinbaum para establecer el requisito de nacionalidad única para quienes aspiren a la Presidencia de la República o a una gubernatura.

La propuesta plantea modificar los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución, relacionados con los requisitos para la Presidencia, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

La iniciativa busca que las personas que pretendan ocupar esos cargos tengan únicamente la nacionalidad mexicana. En caso de contar con otra nacionalidad, deberán renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidata o candidato. 

La propuesta también contempla que quien ejerza alguno de estos cargos no pueda adquirir o solicitar otra nacionalidad durante el ejercicio de sus funciones. Además, plantea restricciones relacionadas con el uso de documentos de identidad extranjeros, el ejercicio de derechos inherentes a otra ciudadanía y la posibilidad de acogerse a la protección diplomática de otro país.

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