Quejas, réplica y defensor de las audiencias: así funcionarían los nuevos lineamientos de la CRT

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) abrió una consulta pública para recibir opiniones sobre el anteproyecto “Lineamientos para la Protección de los Derechos de las Audiencias”, una propuesta que busca establecer mecanismos para garantizar que radioescuchas y televidentes ejerzan sus derechos frente a los concesionarios de radio y televisión.
La consulta está abierta desde el 27 de julio y culminará el 21 de agosto, y podrán participar ciudadanos, académicos, organizaciones civiles y concesionarios.
De acuerdo con la CRT, los lineamientos desarrollan derechos ya reconocidos en la Constitución y fijan procedimientos claros para hacerlos valer, con el objetivo de que las audiencias sean consideradas participantes activas de la comunicación y no únicamente receptoras de contenidos.
¿Qué derechos buscan garantizar?
El anteproyecto establece que los concesionarios de radio y televisión deberán garantizar que las audiencias tengan acceso a contenidos e información:
- Veraz
- Plural
- Clara
- Respetuosa
- Incluyente
También busca que las personas puedan diferenciar claramente la información, la opinión, la propaganda y la publicidad, además de ejercer su derecho de réplica cuando consideren que se difundió información falsa o inexacta sobre ellas.
Cada medio deberá contar con un Defensor de las Audiencias
Uno de los ejes de la propuesta es fortalecer la figura de la Persona Defensora de las Audiencias, quien será responsable de recibir, registrar, atender, resolver y dar seguimiento a las quejas presentadas por radioescuchas y televidentes, además de emitir recomendaciones cuando detecte posibles violaciones a sus derechos.
Los concesionarios también deberán:
- Registrar y publicar su Código de Ética
- Dar a conocer los datos de contacto de la Persona Defensora en sus portales de internet, medios digitales y oficinas
¿Cómo podrás presentar una queja?
Las audiencias podrán presentar una queja cuando consideren que un programa, contenido o publicidad vulneró sus derechos. El escrito deberá incluir:
- Nombre de la persona
- Correo electrónico
- Datos que permitan identificar el contenido denunciado
- Motivos y, en su caso, evidencia de la posible vulneración
La queja deberá presentarse dentro de los siete días posteriores a la transmisión del contenido. Si faltara información, la Persona Defensora deberá prevenir al ciudadano para que complete los datos antes de desechar el trámite.
La CRT podrá intervenir si el ciudadano no queda conforme
El proyecto prevé que, si una persona no está de acuerdo con la resolución emitida por la Persona Defensora o considera que el concesionario no cumplió con la recomendación, podrá inconformarse ante la CRT.
En esos casos, la Comisión revisará el procedimiento y podrá confirmar, modificar o revocar la determinación, además de ordenar las acciones correspondientes.
Accesibilidad para personas con discapacidad
El anteproyecto también contempla medidas de accesibilidad para las audiencias con discapacidad.
Entre ellas, establece que la implementación de servicios como subtitulaje oculto, interpretación en Lengua de Señas Mexicana y advertencias visuales o sonoras deberá realizarse dentro de los 60 días hábiles posteriores a la entrada en vigor de los lineamientos. Al menos un noticiario y un contenido infantil de mayor audiencia deberán contar con estos servicios.
¿Qué pasa si un medio incumple?
La CRT será la autoridad encargada de supervisar el cumplimiento de los lineamientos y podrá realizar monitoreos y requerimientos.
En caso de incumplimiento, las infracciones podrán sancionarse con:
- Multas que van de 0.01% a 1% de los ingresos acumulables de la concesionaria o programadora, conforme a lo previsto en la Ley
Con la consulta pública, la Comisión busca recibir observaciones para fortalecer el proyecto antes de emitir la versión definitiva de los Lineamientos para la Protección de los Derechos de las Audiencias.
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