De la edad a la residencia: las razones por las que no podrías ser presidente de México

| 17:06 | Alejandra Guzmán | Uno TV
Banda presidencial.
Banda presidencial. Foto: Cuartoscuro

Las declaraciones del exgobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, sobre sus aspiraciones de ser candidato a la Presidencia de la República encendieron debate y los cuestionamientos sobre si cumple con los requisitos para aparecer en la boleta electoral.

¿Cuáles son los requisitos para ser presidente de la República?

Para poder votar y ser votado se necesita contar con los derechos político-electorales, además de cumplir con los requisitos que establece la Constitución. En el artículo 82 se establece que para ser presidente se requiere:

  • Ser ciudadano mexicano por nacimiento, en pleno goce de sus derechos, hijo de padre o madre mexicanos y haber residido en el país al menos durante 20 años
  • Tener 35 años cumplidos al tiempo de la elección
  • Haber residido en el país durante todo el año anterior al día de la elección. La ausencia del país hasta por 30 días no interrumpe la residencia
  • No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro de algún culto

Además, el artículo también destaca que, en los últimos tres años previos al día de la elección, no se debió tener vínculo de “matrimonio o concubinato o unión de hecho” ni guardar “parentesco por consanguinidad o civil en línea recta sin limitación de grado y en línea colateral hasta el cuarto grado o de afinidad hasta el segundo grado, con la persona que está ejerciendo la titularidad del Ejecutivo federal”.

La Constitución también destaca que los funcionarios en activo tampoco podrán ser presidentes, por ello establece:

  • No estar en servicio activo, en caso de pertenecer al Ejército, Fuerza Aérea, Armada y Guardia Nacional, seis meses antes del día de la elección
  • No ser titular de una Secretaría de Estado o Subsecretaría, o de la Fiscalía General de la República, o del Poder Ejecutivo de alguna entidad federativa, a menos de que se separe de su puesto seis meses antes del día de la elección

¿Puede Cabeza de Vaca ser presidente de México?

En el caso específico de Cabeza de Vaca, Arturo Zaldívar, coordinador general de Política y Gobierno de la Oficina de la Presidencia, explicó los casos en los que una persona puede perder sus derechos político-electorales por enfrentar un procedimiento o proceso penal.

Durante su participación en la conferencia matutina de la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, Zaldívar destacó que ser denunciado, investigado, imputado o vinculado a proceso no implica automáticamente perder el derecho a ser candidato, debido al principio de presunción de inocencia.

Contra Cabeza de Vaca existen dos órdenes de aprehensión, una por delincuencia organizada y otra por operaciones con recursos de procedencia ilícita. Además, el exgobernador se encuentra fuera de México, por lo que tampoco estaría cumpliendo con el tiempo en el país establecido en la Constitución.

Si bien una persona fue vinculada a proceso, pero permanece en libertad, puede ser candidata, de acuerdo con los criterios electorales explicados por Zaldívar.

En cambio, si durante la vinculación a proceso se le impone prisión preventiva, sus derechos político-electorales quedan suspendidos.

Tras una sentencia condenatoria también deben revisarse las circunstancias. Si la persona está privada de la libertad, sus derechos quedan suspendidos mientras cumple la pena.

Si está en libertad, podrá ser candidata, salvo que la sentencia establezca de manera autónoma la suspensión de sus derechos o se trate de alguno de los delitos previstos en el Artículo 38.

Zaldívar subrayó que estas reglas deben aplicarse caso por caso para determinar la elegibilidad de una persona.

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