Te llegará un código del banco: desde mañana cambian estas reglas de autenticación

A partir de este 2 de septiembre de 2026, los bancos podrán enviar a sus clientes códigos de seguridad mediante mensajes de texto SMS para autenticar determinadas operaciones realizadas a través de comisionistas de base tecnológica, como aplicaciones o páginas de Internet.
El cambio fue publicado este martes 1 de septiembre en el Diario Oficial de la Federación (DOF) por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), mediante una modificación a las disposiciones aplicables a las instituciones de crédito.
Pero, ¿qué significa esto para los usuarios? En términos sencillos, el código que recibas por mensaje de texto podrá servir para comprobar que eres tú quien está realizando una operación bancaria.
¿Qué cambia con los códigos que te enviará el banco?
Hasta ahora, las reglas establecían que uno de los factores de autenticación de mayor seguridad debía enviarse al cliente mediante correo electrónico o servicios de mensajería instantánea con comunicación cifrada.
Con la modificación, los bancos también podrán enviar ese código a un número de teléfono móvil habilitado para recibir mensajes SMS.
Esto significa que, cuando una operación requiera este mecanismo de seguridad, el cliente podrá recibir en su celular un código que posteriormente deberá ingresar en los medios electrónicos de la institución para completar la autenticación.
La medida busca actualizar las reglas para el uso de canales digitales y facilitar el acceso a servicios financieros mediante mecanismos de atención no presencial.
¿En qué operaciones aplicará?
Las modificaciones están relacionadas con las operaciones que pueden realizarse mediante los llamados comisionistas de base tecnológica, es decir, terceros que actúan a nombre y por cuenta de una institución bancaria mediante sus propias páginas de Internet o aplicaciones.
Entre las operaciones contempladas se encuentran:
- Apertura de cuentas de nivel 2 y transferencias relacionadas con esas cuentas
- Otorgamiento de créditos de hasta 3 mil UDI
- Pagos de bienes y servicios
- Consultas de saldos y movimientos de productos y servicios financieros contratados a través de estos comisionistas
Para las operaciones que requieran este proceso de autenticación, el cliente deberá proporcionar previamente un medio de contacto, que podrá ser correo electrónico, un servicio de mensajería instantánea con comunicación cifrada o un número de celular habilitado para recibir SMS.
¿Qué pasa cuando sólo quieres consultar tu saldo?
Aquí también hay un cambio importante.
La CNBV estableció una excepción para las consultas de saldos y movimientos de los productos y servicios financieros contratados mediante estos comisionistas.
En estos casos, las instituciones podrán requerir únicamente el Factor de Autenticación Categoría 2, sin solicitar además el segundo factor de autenticación de categoría 3.
Dicho de manera sencilla: para una operación considerada de menor riesgo, como consultar cuánto dinero tienes en una cuenta o revisar sus movimientos, el proceso de comprobación de identidad podrá ser más sencillo.
¿Qué son los factores de autenticación?
Aunque el término puede sonar complicado, se refiere a los mecanismos que utiliza un banco para comprobar que la persona que intenta realizar una operación es realmente el cliente.
La regulación contempla diferentes categorías de factores de autenticación. En este caso, la modificación mantiene el uso de un Factor de Autenticación Categoría 2 y permite que un Factor de Autenticación Categoría 3 pueda ser enviado también mediante SMS.
Por ejemplo, el proceso puede funcionar así:
- Entras a la aplicación o página correspondiente para realizar una operación
- El sistema te redirige a la infraestructura tecnológica del banco
- Utilizas el Factor de Autenticación Categoría 2 que previamente definiste
- El banco envía el segundo código al medio de contacto que registraste
- Si elegiste un número celular, podrás recibirlo mediante SMS
- Introduces el código en el sistema del banco para completar la autenticación
¿Podrás cambiar el número donde recibes el código?
Sí. Las nuevas disposiciones establecen que las instituciones deberán permitir a sus clientes modificar tanto el Factor de Autenticación Categoría 2 como el medio de contacto registrado para recibir el factor de categoría 3.
Para ello, la página de Internet o aplicación del comisionista deberá contar con una opción o enlace explícito, claro y visible que lleve al cliente a la infraestructura tecnológica de la institución bancaria.
Esto permitirá actualizar, por ejemplo, el número de teléfono móvil al que se envían los códigos.
¿Desde cuándo entran en vigor las nuevas reglas?
La resolución fue publicada en el Diario Oficial de la Federación este 1 de septiembre de 2026 y establece que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.
Por ello, las modificaciones comenzarán a aplicarse desde el miércoles 2 de septiembre de 2026.
El objetivo de la CNBV es adecuar las reglas de autenticación a los canales digitales y ampliar las opciones para que los clientes puedan recibir factores de seguridad, incluido el SMS, además de establecer un mecanismo diferenciado para consultas de saldo y movimientos.
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