California: jueza limita los arrestos migratorios sin orden judicial en estos condados

Una jueza federal puso un nuevo límite a los arrestos migratorios sin orden judicial en el sur de California. La orden, emitida el 2 de septiembre y hecha pública el 16 de septiembre de 2026, obliga a los agentes federales a evaluar y documentar el riesgo de fuga antes de detener a una persona sin una orden judicial. La medida alcanza siete condados del Distrito Central de California.
La decisión de la jueza Maame Ewusi-Mensah Frimpong, del Tribunal Federal de Distrito para el Distrito Central de California, llega en medio de una batalla judicial sobre las prácticas de inmigración del gobierno federal en Los Ángeles y otras zonas del sur del estado.
Y hay un detalle que puede importar mucho para las familias latinas: estar en Estados Unidos sin autorización migratoria, por sí solo, no basta para justificar un arresto sin orden judicial, según la resolución.
¿Qué cambia con la nueva orden sobre los arrestos de ICE en California?
La jueza Frimpong concedió una medida cautelar preliminar dentro del caso Vasquez Perdomo v. Noem. Su resolución establece que los agentes de inmigración no pueden realizar un arresto civil sin orden judicial simplemente porque consideran que una persona se encuentra en situación migratoria irregular.
Antes de proceder, deben analizar las circunstancias conocidas y determinar si existe una probabilidad de que la persona escape antes de que pueda obtenerse una orden.
El tribunal ordenó además que esa evaluación quede documentada.
La decisión responde a una disputa muy concreta. Los demandantes sostuvieron que los agentes estaban realizando arrestos sin llevar a cabo el análisis individualizado que exige la legislación federal. La jueza encontró suficiente evidencia para imponer la medida mientras continúa el litigio.
La propia ACLU del Sur de California informó que la jueza también certificó una demanda colectiva que incluye a personas que desde el 6 de junio de 2025 hayan sido o sean detenidas por supuestas infracciones migratorias sin una orden y sin una evaluación individualizada del riesgo de fuga.
¿Qué deberán evaluar los agentes antes de un arresto migratorio sin orden?
La resolución exige que los agentes consideren la totalidad de las circunstancias que conozcan antes de efectuar una detención sin orden judicial.
Eso significa que el análisis no debería reducirse al estatus migratorio de la persona.
Además, cuando se realice un arresto sin orden dentro del Distrito Central de California, los agentes deberán documentar las circunstancias que sustentan su decisión, incluido el análisis relacionado con el riesgo de fuga.
La jueza también ordenó que los agentes dejen de utilizar como referencia el enfoque establecido en un memorando de enero de 2026 atribuido al entonces director interino de ICE, Todd Lyons, que, según la resolución, podía llevar a considerar el estatus migratorio irregular como suficiente para presumir riesgo de fuga.
Aquí está una de las partes más relevantes de la resolución: la falta de documentos migratorios no equivale automáticamente a que una persona vaya a escapar.
¿Qué condados de California están incluidos en la orden?
La medida no se limita a Los Ángeles. Su alcance corresponde al Distrito Central de California, que incluye siete condados:
- Los Ángeles
- Orange
- Riverside
- San Bernardino
- Ventura
- Santa Bárbara
- San Luis Obispo
Por eso, una persona que vive en el condado de Orange, por ejemplo, también está dentro del territorio alcanzado por la orden. Lo mismo ocurre con residentes de Riverside o San Bernardino.
Para las comunidades latinas de estos condados, el cambio resulta especialmente relevante porque la demanda surgió precisamente de las operaciones migratorias realizadas en la región durante el último año.
¿Por qué la jueza limitó los arrestos migratorios de ICE?
La disputa judicial comenzó después de que organizaciones de derechos de los inmigrantes cuestionaran la manera en que se estaban realizando determinados controles y detenciones.
Los abogados de los demandantes revisaron 113 expedientes de arrestos y afirmaron que 89 de ellos, casi 80%, no contenían una evaluación del riesgo de fuga o utilizaban un lenguaje estandarizado para justificarla. Esa evidencia fue presentada ante el tribunal durante el litigio.
El gobierno cuestionó esa interpretación.
Durante una audiencia, el abogado federal Daniel Mummolo sostuvo que los agentes no estaban obligados por ley a documentar ese análisis y que podían realizar una determinación sobre el riesgo de fuga en el momento del arresto. La jueza respondió que el gobierno no había presentado pruebas de agentes que reconocieran haber realizado el análisis sin dejar constancia de él.
La jueza también citó evidencia audiovisual dentro de su resolución. En uno de los casos mencionados, los agentes describieron a una persona como alguien que estaba huyendo, mientras que el video revisado por el tribunal mostraba a esa persona caminando normalmente y utilizando su teléfono.
Ese tipo de contradicción fue importante para la valoración de la jueza.
¿La orden significa que ICE ya no puede detener a inmigrantes sin una orden?
No. Esa distinción es fundamental.
La resolución no elimina la posibilidad de un arresto migratorio sin orden judicial. Lo que hace es establecer que, cuando los agentes quieran recurrir a esa facultad, deben cumplir las condiciones legales correspondientes.
En términos prácticos, la orden exige que exista una base para considerar que la persona puede ser expulsable y que probablemente escaparía antes de que pudiera obtenerse una orden judicial. Además, los agentes deberán evaluar las circunstancias conocidas y dejar constancia de ese análisis.
Tampoco es una sentencia definitiva sobre todo el conflicto migratorio que enfrenta el gobierno federal en California. Frimpong dejó claro que la cuestión de fondo sobre la existencia de una política ilegal todavía deberá resolverse durante el proceso.
¿Qué relación tiene esta decisión con las redadas migratorias en Los Ángeles?
La orden forma parte de una batalla judicial mucho más amplia.
El caso Vasquez Perdomo surgió después de las operaciones de inmigración realizadas en el área de Los Ángeles. Los demandantes también han cuestionado detenciones y controles que, según ellos, se basan indebidamente en factores como raza, idioma u ocupación. Esa parte del litigio continúa separada de la nueva medida sobre arrestos sin orden judicial.
En septiembre de 2025, la Corte Suprema había permitido que continuaran determinadas prácticas de control migratorio mientras avanzaba el litigio. Aquella decisión no resolvió definitivamente las acusaciones de los demandantes.
Ahora, un año después, la nueva orden vuelve a colocar las prácticas de arresto de ICE bajo un escrutinio judicial directo.
¿Qué deben saber los inmigrantes que viven en el sur de California?
La decisión no otorga inmunidad frente a ICE ni significa que una persona no pueda ser detenida por motivos migratorios.
Lo que cambia es el estándar que los agentes deben cumplir cuando pretenden realizar un arresto civil sin una orden judicial en estos siete condados.
Para una familia inmigrante, la diferencia no es menor. La existencia de una orden judicial o la evaluación individualizada de las circunstancias puede cambiar lo que ocurre durante un procedimiento de inmigración. Por eso, quienes tengan dudas sobre su situación específica deberían buscar asesoría de un abogado de inmigración o de una organización de asistencia legal.
La orden tampoco es el final del caso. El gobierno puede intentar impugnarla y el litigio principal continúa.
Mientras tanto, las nuevas reglas ya representan un límite judicial concreto a los arrestos migratorios sin orden en el Distrito Central de California. La pregunta ahora será cómo las aplicarán los agentes en la práctica y qué hará el gobierno federal frente a una resolución que le exige dejar constancia de por qué una persona, y no otra, era considerada un riesgo de fuga.
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