Cómo pedir tu expediente migratorio completo a USCIS y por qué puede ser clave en un proceso de deportación

Cualquier persona puede pedirle a Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS) una copia completa de lo que el gobierno tiene guardado sobre su historial migratorio, sea o no ciudadana o residente.
La herramienta legal para hacerlo se llama solicitud bajo la Ley de Libertad de Información (FOIA, por sus siglas en inglés) y la Ley de Privacidad, y permite acceder tanto a registros migratorios propios como, con permiso, a los de alguien más. Lo que pocas personas saben es que ese mismo trámite tiene una vía más rápida reservada para quienes ya tienen una audiencia programada ante un juez de inmigración.
Ese expediente, conocido como A-File, puede incluir solicitudes anteriores, decisiones migratorias y comunicaciones internas de la agencia. Según USCIS, la forma más rápida de conseguirlo es hacer la solicitud en línea y pedir documentos específicos en lugar del expediente completo, porque los trámites focalizados se procesan más rápido que uno que pide todo el archivo.
Este tipo de documentos, para desconocimiento de muchos, es que tener este tipo de información, previo a una audiencia de deportación, puede tener diversos elementos de ventaja ante los escenarios más difíciles.
¿Cómo se solicita el expediente ante USCIS?
Según la propia agencia, el trámite en línea es, por mucho, la mejor opción ya que evita el correo postal y el procesamiento en papel, dos de los factores que más retrasan una respuesta. Antes de solicitar, conviene revisar el Electronic Reading Room de USCIS, donde ya están publicados algunos documentos que no requieren una solicitud formal. También ayuda pedir solo lo que realmente se necesita, un formulario específico o una carta de aprobación, por ejemplo, en lugar de todo el expediente.
Existe además una vía prioritaria para quienes ya tienen una fecha de audiencia frente a un juez de inmigración. Para acceder a ella, la solicitud debe incluir una copia del Formulario I-862 (Notificación de Comparecencia), el I-122, el I-863, o un aviso por escrito de que la audiencia continúa en una fecha futura.
USCIS maneja tres velocidades de respuesta:
- Una es para solicitudes sencillas, que toma alrededor de 26 días
- Otra para solicitudes complejas, de hasta 122 días
- Una tercera, de apenas 44 días, reservada justamente para quienes están por enfrentar una audiencia de remoción
¿Donde pedir correctamente un expediente migratorio?
No toda la información migratoria vive en el expediente de USCIS, y pedirla a la agencia equivocada solo retrasa el trámite. Estos son algunos ejemplos de a quién le corresponde cada tipo de registro, según la propia página de USCIS:
- Los registros de aprehensión, detención, deportación, entradas y salidas, remoción acelerada o inspecciones fronterizas los resguarda la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP).
- Las fianzas de obligados, los expedientes médicos de alguien detenido por ICE y los registros del sistema SEVIS, para las visas F-1, F-3, J-1 y M-1, los tiene el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE).
- Las solicitudes de pasaporte estadounidense y las de visa hechas por alguien que no es ciudadano las maneja el Departamento de Estado.
- Las decisiones y expedientes de audiencias ante un juez de inmigración los tiene la EOIR, no USCIS.
¿Por qué este expediente puede ser clave en un proceso de deportación?
El expediente puede mostrar cosas que la propia persona no sabe que existen, entre ellas decisiones de audiencias pasadas, avisos que nunca llegaron a su domicilio o notificaciones que se perdieron en el camino.
Tener acceso a ese historial ayuda al solicitante y a su abogado a saber con qué evidencia cuenta el gobierno y a tomar decisiones informadas sobre los siguientes pasos legales del caso.
Sin embargo, no todo el historial de un caso está en manos de USCIS. Si el proceso de deportación ya está abierto en una corte de inmigración, el expediente del propio caso judicial, incluidas las decisiones del juez, lo resguarda una agencia distinta, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), que depende del Departamento de Justicia y no de USCIS.
¿Qué hacer si el expediente que se necesita está en la corte de inmigración?
Para pedir ese archivo judicial hace falta una solicitud aparte, dirigida a la EOIR y no a USCIS. Se puede hacer en línea, mediante el sistema de acceso público de la agencia, o por carta, siempre que se incluya la frase “Freedom of Information Act Request“, el nombre completo, la fecha de nacimiento, el número de registro de extranjero si se conoce, y una descripción de lo que se busca.
La identidad debe comprobarse ante notario o mediante el Formulario EOIR-59, ya que la EOIR no acepta el Formulario G-639 que sí usa USCIS. Quienes ya están en proceso también pueden pedir su expediente de audiencias, conocido como Record of Proceedings, una alternativa que suele tardar menos porque reúne lo que tanto el gobierno como la persona ya presentaron ante la corte.
Antes de decidir qué expediente pedir y a quién, conviene tener claro en qué etapa está el caso y qué agencia participó en cada momento. Contar con un abogado de inmigración ayuda no solo a identificar a dónde dirigir la solicitud, sino también a interpretar el contenido una vez que llega y a definir los siguientes pasos legales.
Sigue a Uno TV en Google Discover y consulta las noticias al momento.
Tienes una denuncia o información que quieras compartir? Escríbenos al WhatsApp de Uno TV: +52 55 8056 9131. Tu mensaje puede hacer la diferencia.



