Medicamentos de México hacia EE. UU.: requisitos clave para evitar confiscaciones

| 13:05 | Miguel Escudero | Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza
Ansiolíticos como el Xanax son considerados por la DEA como sustancias controladas.
El Xanax es considerado por la DEA como una sustancia controlada. Foto: AFP

Miles de mexicanos y turistas cruzan cada año la frontera con Estados Unidos cargando en su equipaje medicamentos comprados sin receta en alguna farmacia del lado mexicano. 

Ansiolíticos como el Xanax, pastillas para dormir como el Ambien y analgésicos como el Tramadol se consiguen con facilidad en territorio mexicano, pero la Administración para el Control de Drogas de Estados Unidos (DEA) los clasifica dentro de la Lista IV de sustancias controladas, según su propio catálogo de medicamentos. 

Esa diferencia de criterio entre ambos países es justo lo que puede convertir una maleta con medicinas en un problema en la garita, aunque existe un solo requisito documental que, cumplido a tiempo, cambia por completo el resultado de esa revisión.

¿Qué medicamentos comprados en México pueden considerarse droga controlada en EE. UU.?

La propia lista de la DEA agrupa dentro de la Lista IV a fármacos como el alprazolam (Xanax), el diazepam (Valium), el zolpidem (Ambien) y el Tramadol, entre otros. Según la agencia, se trata de sustancias con un potencial de abuso relativamente bajo, pero que de todas formas requieren control porque pueden generar dependencia

En México, varias de estas presentaciones han circulado históricamente con recetas más flexibles o incluso sin receta en algunas farmacias, mientras que en Estados Unidos ya pertenecen a un régimen federal permanente de sustancias controladas.

Este grupo de ansiolíticos y sedantes es distinto al de otros medicamentos que también generan dudas al cruzar, como ocurre con quienes buscan llevar antibióticos comprados en una farmacia mexicana, un trámite que sigue reglas propias de la Administración de Alimentos y Medicamentos (FDA) y no depende de la clasificación de la DEA.

¿Cuál es el requisito que decide si el medicamento pasa la aduana o se queda confiscado?

De acuerdo con el propio sitio de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), los residentes de Estados Unidos que ingresan por una frontera terrestre con una sustancia controlada obtenida de forma válida, y que no sea un narcótico como la marihuana, la cocaína, la heroína o el LSD, están sujetos a un requisito específico. 

Si la persona no cuenta con una receta emitida por un profesional con licencia en EE. UU. y registrado ante la DEA, no puede importar más de 50 unidades de dosificación del medicamento. El reglamento 21 CFR 1301.26 de la DEA respalda esta cifra y precisa que ese límite desaparece cuando el viajero sí cuenta con una receta expedida por un médico registrado ante la agencia.

Para los medicamentos con potencial adictivo, la propia CBP detalla los requisitos que deben cumplirse antes de cruzar:

  • Declarar el medicamento ante el oficial de aduanas de EE. UU.
  • Llevarlo en su envase original.
  • Transportar solo la cantidad que una persona con esa condición usaría normalmente para su tratamiento.
  • Portar una receta o una carta médica que confirme que el tratamiento está bajo supervisión médica y que es necesario durante el viaje.

¿Qué pasa si el viajero no es residente de EE. UU. o el medicamento está completamente prohibido?

Para quienes visitan Estados Unidos de forma temporal, el requisito cambia ligeramente pero sigue siendo estricto. La CBP exige una receta válida o una carta médica redactada en inglés, además del envase original con las instrucciones de la farmacia impresas en la etiqueta. 

La recomendación general es no viajar con más de un suministro de 90 días, aunque quienes se queden más tiempo pueden recibir medicamento adicional por correo si documentan que es para su propio tratamiento, por ejemplo con copia de la visa, el pasaporte y la receta.

Hay, sin embargo, un grupo de sustancias que la aduana estadounidense no permite bajo ninguna circunstancia, ni siquiera con receta de un médico extranjero. El Rohypnol, el GHB y el Fen-Phen aparecen como ejemplos en el propio documento de la CBP, y quien intente ingresarlos se expone a que el medicamento sea confiscado, además de sanciones severas.

Quien tenga dudas sobre qué otros fármacos deben declararse puede revisar también la lista de medicamentos que exige reportar la aduana al entrar al país, que detalla el mismo mecanismo de declaración.

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