Tus derechos al pasar por inmigración y aduana de EE.UU.

| 14:52 | Miguel Escudero | NYIC
Todo viajero que llega a un puerto de entrada de EE.UU. queda sujeto a la inspección de un agente de CBP.
Todo viajero queda sujeto a la inspección de un agente de CBP. Foto: AFP

Un viajero que llega a un puerto de entrada de Estados Unidos —ya sea un aeropuerto internacional o un cruce fronterizo terrestre— queda sujeto a la inspección de un agente de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP), sin importar su nacionalidad o estatus migratorio. 

La ley distingue con claridad entre lo que puede exigírsele a un ciudadano estadounidense o a un residente permanente y lo que puede exigírsele a un visitante con visa, y esa diferencia se nota sobre todo cuando un agente pide revisar un teléfono o una computadora

Existe además una segunda capa de autoridad, la patrulla fronteriza, que opera dentro de un radio de hasta 100 millas desde cualquier frontera o costa del país y que tiene reglas distintas a las de un puerto de entrada. Sin embargo, y lejos de tratarse de reglas que “buscan algo” en los viajeros, se trata de reglas fijas que aplican igual a cualquier persona que cruce la frontera. 

¿Qué puede pedirle un agente de aduanas a un viajero que llega a Estados Unidos?

Según la guía de derechos elaborada por la New York Immigration Coalition (NYIC), basada en la normativa de CBP, un oficial puede detener a cualquier persona en un puerto de entrada y hacerle preguntas para determinar si puede ingresar al país

La agencia también puede inspeccionar el equipaje y los dispositivos electrónicos de cualquier viajero sin necesidad de una orden judicial. Lo que varía según el estatus migratorio de cada persona son los límites de esa revisión.

Por lo anterior, estos son los derechos con los que cuenta un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal en un puerto de entrada:

  • Derecho a ser cuestionado únicamente para verificar su identidad y su estatus de ciudadanía o residencia, no para otros fines
  • Derecho a negarse a responder preguntas adicionales, aunque eso puede generar más inspección y demoras en el ingreso
  • Derecho a no entregar contraseñas ni a desbloquear sus dispositivos electrónicos ante un oficial
  • Derecho a no ser rechazado en la entrada al país únicamente por ejercer cualquiera de los derechos anteriores

Un visitante con visa u otro tipo de permiso temporal no llega al país sin ningún derecho, aunque las consecuencias de ejercerlos sí son distintas a las de un ciudadano o residente.

  • Derecho a negarse a responder las preguntas de un oficial de CBP en el puerto de entrada, aunque eso puede derivar en que le nieguen el ingreso al país
  • Derecho a negarse a entregar contraseñas o a desbloquear sus dispositivos electrónicos, con el mismo riesgo de que se le niegue la entrada
  • Derecho a permanecer en silencio frente a la patrulla fronteriza sobre su estatus migratorio si ya se encuentra dentro del país, una protección que, según la NYIC, aplica “independientemente de su situación migratoria”

A diferencia de un ciudadano, quien tenga documentos migratorios válidos y sea mayor de 18 años sí está obligado por ley a llevarlos consigo dentro del territorio estadounidense, y debe poder mostrarlos si un agente se los pide.

¿Qué puede hacer un agente con el teléfono o la computadora de un viajero?

La política oficial que regula estas revisiones, la Directiva 3340-049A de CBP, distingue entre una revisión básica y una revisión avanzada. En la básica, un oficial puede examinar el dispositivo y revisar la información que encuentra ahí sin necesitar ninguna sospecha particular, la que aplica en la mayoría de los casos, incluido el de alguien que se niega a dar su contraseña. 

Una revisión avanzada, en la que el oficial conecta equipo externo para copiar o analizar el contenido a fondo, solo puede hacerse si existe sospecha razonable de una violación a las leyes que CBP aplica, o una preocupación de seguridad nacional, y requiere la aprobación de un supervisor de nivel 14 o superior dentro del escalafón de gerencia de CBP.

La misma directiva establece que un dispositivo detenido para revisión no debería quedarse en manos de CBP más de 5 días de forma ordinaria, aunque un supervisor puede extender ese plazo hasta 15 días, y después en bloques adicionales de 7 días. Vale la pena tener presente que esta directiva es una política interna de la agencia: no crea por sí misma un derecho legal exigible ante un tribunal, aunque sí define lo que CBP se compromete a seguir.

¿Qué diferencia hay entre los derechos en la frontera y los derechos dentro del país?

La patrulla fronteriza, la división de CBP que opera dentro del territorio de Estados Unidos, puede actuar hasta 100 millas tierra adentro desde cualquier frontera o costa —una zona tan amplia que incluye a casi todo el estado de Nueva York—. Dentro de esa franja, sus agentes pueden parar a una persona en un lugar público y preguntarle por su ciudadanía o su estatus migratorio, según la guía de la NYIC. 

Lo que no pueden hacer, salvo que exista una orden judicial o el consentimiento del propietario u ocupante, es entrar a una vivienda o a un espacio privado. De la misma manera, no pueden realizar un registro sin un motivo legal, salvo que la persona lo autorice de forma expresa.

Esto es lo que un viajero puede responder si la patrulla fronteriza le pregunta sobre su ciudadanía:

  • “Sí” o “No”, si decide contestar directamente
  • “No quiero responder a la pregunta”, una frase que puede repetir cuantas veces sea necesario
  • “¿Puedo irme?”, para saber si la detención continúa o si puede retirarse

En ningún caso conviene presentar documentos falsos ni mentirle a un agente, porque ambas conductas pueden convertir una revisión rutinaria en un problema legal mucho más serio. La misma lógica aplica frente a cualquier agente de CBP. 

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