El cambio que obliga a miles de estudiantes internacionales en EE. UU. a pedir una prórroga que antes no necesitaban

| 17:52 | Miguel Escudero | Departamento de Seguridad Nacional
Quien necesite más tiempo debe presentar el Formulario I-539 ante USCIS.
Quien necesite más tiempo debe presentar el Formulario I-539 ante USCIS. Foto: AFP

El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) eliminó el esquema que permitía a estudiantes internacionales y visitantes de intercambio permanecer en EE. UU. sin una fecha de vencimiento fija, mientras mantuvieran su estatus. 

En su lugar, a partir del 15 de septiembre de 2026, tanto los estudiantes con visa F como los visitantes de intercambio con visa J tendrán un periodo de admisión de hasta 4 años, prorrogable, según la norma final publicada en el Federal Register

Los representantes de medios extranjeros con visa I, un grupo mucho más pequeño, quedan con un límite de apenas 240 días. El plazo para salir del país tras completar o abandonar un programa también se reduce, de 60 a 30 días, de acuerdo con el análisis de la norma que hicieron los despachos de inmigración Duane Morris y Ogletree Deakins.

¿Qué deberán hacer ahora los estudiantes extranjeros y periodistas? 

Este esquema —conocido como “duración de estatus” o D/S— llevaba vigente desde 1978 para estudiantes y desde 1985 para visitantes de intercambio y representantes de medios. 

Ante esto, y para quien necesite más tiempo del que le da su nuevo periodo fijo debe presentar el Formulario I-539 ante Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos(USCIS) antes de que venza su periodo de estadía.

Quien no lo haga a tiempo empieza a acumular presencia ilegal de forma automática, algo que antes no ocurría sin que USCIS o un juez de inmigración determinaran primero una violación de estatus.

¿Por qué DHS decidió eliminar la “duración de estatus”?

La justificación oficial es que el esquema anterior no le daba a los oficiales de inmigración suficientes oportunidades para verificar directamente que estas personas seguían haciendo sólo lo que su visa permitía. Esa falta de revisiones periódicas, según la propia norma, generó incentivos para el fraude y el abuso. 

El documento cita, como ejemplo, a más de 2 mil 100 personas que entraron por primera vez como estudiantes F-1 entre 2000 y 2010 y que, hasta abril de 2025, seguían activas en ese mismo estatus sin haber completado un programa académico. También menciona casos vinculados a espionaje, como el de un exestudiante F-1 identificado en el documento como Ji Chaoqun, condenado por espiar para el gobierno chino, y a investigadores con visa J-1 acusados de intentar sacar del país material biológico peligroso de contrabando.

Sólo en el año fiscal 2024 hubo más de 1.8 millones de admisiones en estatus F y más de 500 mil en estatus J, aunque esa cifra corresponde a entradas registradas ese año, no al total de personas que están hoy mismo en el país bajo ese estatus.

¿Qué pasa con quienes ya están en EE. UU. con estos estatus?

La norma sí incluye prórrogas de transición, pero son más limitadas y específicas de lo que parecía en un principio, y varían según la clasificación:

  • Los estudiantes F-1 que ya cuentan con autorización de empleo por dificultad económica severa pueden recibir una extensión automática de hasta 240 días —o hasta que termine el aviso de suspensión de la regla, lo que ocurra primero— mientras se resuelve su solicitud de extensión de estadía.
  • Los visitantes J-1, pero no los J-2, que tengan autorización de trabajo ligada a un empleador específico pueden seguir trabajando hasta 240 días bajo la misma condición; los J-2 que dependen de un permiso de trabajo (EAD) pierden ese beneficio en cuanto su permiso vence.
  • Los representantes de medios con visa I tienen el mismo límite de 240 días para seguir trabajando con su empleador extranjero mientras su extensión está pendiente, excepto quienes tienen pasaporte de la República Popular China, que solo pueden hacerlo hasta por 90 días.

¿Qué otras restricciones nuevas enfrentan los estudiantes F-1?

Además de tener que pedir prórroga, los estudiantes F-1 quedan sujetos a nuevas restricciones para cambiar de escuela o de programa académico, según el mismo análisis de Duane Morris y Ogletree Deakins:

  • Deben completar su primer año académico en la escuela que emitió su Formulario I-20 inicial antes de poder transferirse a otra, salvo que el Programa de Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVP) autorice una excepción.
  • Quienes cursan un posgrado no pueden cambiar de objetivo educativo en ningún momento de su programa, ni tampoco transferirse de escuela, salvo la misma excepción de SEVP.
  • Sólo pueden avanzar “hacia arriba” entre niveles académicos: alguien que termina una licenciatura puede empezar una maestría, pero no puede iniciar otra maestría después de terminar la primera.
  • La capacitación en un programa de idiomas queda limitada a un máximo acumulado de 24 meses, contando las pausas y vacaciones anuales.

Ni la norma ni los despachos legales han precisado, hasta ahora, qué tan seguido se otorgan las excepciones que menciona el SEVP ni bajo qué criterio exacto se evalúan.

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