De una queja a la destitución: así puede ser sancionado un juez en México, según el TDJ

El Tribunal de Disciplina Judicial (TDJ) puede investigar y, en su caso, sancionar a juezas, jueces, magistradas y magistrados federales cuando existan elementos que permitan establecer una posible responsabilidad administrativa, de acuerdo con la legislación vigente. El procedimiento contempla distintas etapas, desde una queja o denuncia hasta una resolución del Pleno del Tribunal.
El tema volvió a cobrar relevancia por el caso de la exjueza federal Martha Eugenia Magaña López, citada a comparecer ante el TDJ por un procedimiento relacionado con una suspensión que concedió en 2024 contra el proceso legislativo de la reforma judicial.
La legislación establece que las personas juzgadoras cuentan con independencia judicial para ejercer su criterio jurisdiccional, pero esta protección no significa que estén exentas de responsabilidad. El criterio debe ejercerse dentro del marco normativo aplicable y con una valoración racional de las pruebas que consten en el expediente.
¿Qué órgano investiga y sanciona a los jueces?
Desde la reforma judicial, la disciplina del personal jurisdiccional del Poder Judicial de la Federación corresponde al Tribunal de Disciplina Judicial.
La Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación establece que este órgano puede investigar, substanciar y resolver procedimientos de responsabilidad administrativa por presuntas faltas cometidas por el personal jurisdiccional federal.
El procedimiento contempla dos instancias:
- Las Comisiones del Tribunal de Disciplina Judicial, que conocen y resuelven los procedimientos en primera instancia
- El Pleno del Tribunal de Disciplina Judicial, que funciona como segunda instancia y resuelve los recursos de revisión
El Tribunal también cuenta con un Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas, encargado de reunir elementos y, cuando existen elementos suficientes, integrar y presentar el Informe de Presunta Responsabilidad Administrativa (IPRA) ante las Comisiones.
¿Cómo puede comenzar una investigación contra un juez?
Una investigación no necesariamente comienza porque otro juez o funcionario presente una denuncia. La legislación contempla diferentes vías para iniciar una indagatoria.
Entre ellas se encuentran:
- Quejas o denuncias presentadas por particulares o autoridades
- Auditorías, vigilancia o supervisión interna
- Investigaciones de oficio iniciadas por el Tribunal de Disciplina Judicial
- Las demás causas previstas por las leyes y acuerdos generales
Una persona también puede denunciar hechos que pudieran constituir responsabilidad administrativa cometidos por integrantes del Poder Judicial Federal, incluidos jueces y magistrados.
La admisión de una queja o denuncia corresponde a la autoridad competente a partir de la propuesta formulada por el área investigadora.
¿Qué conductas puede investigar el Tribunal de Disciplina Judicial?
La Ley Orgánica contempla un catálogo de conductas que pueden generar responsabilidad. En materia estrictamente jurisdiccional, una persona juzgadora puede ser investigada, entre otros supuestos, cuando emita dolosamente una resolución claramente contraria a la Constitución, a la ley aplicable o a jurisprudencia obligatoria.
También contempla casos en los que una resolución sea claramente contraria a ese marco jurídico por negligencia o ignorancia inexcusables, así como resoluciones contrarias a las constancias del expediente.
Entre las conductas previstas también están:
- Emitir dolosamente una resolución con inferencias probatorias claramente irracionales o aplicar incorrectamente el estándar de prueba
- Contravenir deliberadamente las reglas de los procedimientos para entorpecerlos, dilatarlos o provocar su nulidad
- Retardar intencionalmente o por falta de debida diligencia la emisión de sentencias o resoluciones
- Atentar contra la independencia judicial
- Aceptar presiones, consignas o encargos indebidos
- Incurrir en actos de corrupción
- Alterar o manipular constancias de los expedientes
- Impedir que las partes ejerzan sus derechos procesales
- Intervenir en asuntos en los que exista impedimento
- Ejercer las atribuciones de manera claramente arbitraria
- Incurrir en acoso u hostigamiento sexual
La legislación también remite a conductas previstas en la Ley General de Responsabilidades Administrativas, siempre que sean compatibles con la naturaleza de la función jurisdiccional.
¿Un juez puede ser investigado sólo porque su sentencia fue impugnada?
No. La legislación contempla una protección relacionada con la independencia judicial.
Cuando una posible responsabilidad deriva directamente de determinados supuestos relacionados con una resolución judicial, la investigación o el procedimiento administrativo no puede comenzar mientras el proceso jurisdiccional correspondiente no haya concluido definitivamente.
La denuncia puede presentarse antes, pero el inicio del procedimiento puede quedar suspendido hasta que termine de manera definitiva el juicio.
Por ello, el hecho de que una resolución haya sido controvertida o posteriormente revocada no determina por sí mismo una responsabilidad administrativa. El punto consiste en establecer si la conducta encuadra en alguno de los supuestos previstos expresamente por la ley.
¿Cuál es la ruta para sancionar a un juez?
La primera etapa consiste en la presentación de una queja o denuncia, aunque también puede existir una investigación derivada de auditorías, vigilancia, supervisión o iniciada de oficio.
Después, el Órgano de Investigación reúne elementos para determinar si existen indicios de una falta. Si no encuentra elementos suficientes, puede emitir un acuerdo de conclusión y archivo.
Si existen elementos, integra el IPRA, documento en el que se formalizan los hechos que podrían constituir una infracción y la probable responsabilidad de la persona investigada.
La persona señalada tiene derecho a conocer los hechos que se le atribuyen y a defenderse. El procedimiento debe respetar la presunción de inocencia, el derecho a la no autoincriminación, el derecho de defensa, el debido proceso y el derecho de audiencia.
Posteriormente se presentan, admiten y desahogan las pruebas de cargo y de descargo.

¿Qué sanciones puede imponer el Tribunal?
Las sanciones dependen de si la conducta se considera una falta administrativa no grave o grave.
Para las faltas no graves pueden imponerse:
- Amonestación privada o pública
- Suspensión del empleo, cargo o comisión
- Destitución
- Inhabilitación temporal
La suspensión por una falta no grave puede ser de 1 a 30 días naturales, mientras que la inhabilitación temporal puede ser de 3 meses a 1 año.
En las faltas graves, las sanciones pueden incluir suspensión de 30 a 90 días naturales, destitución, sanción económica e inhabilitación temporal.
Cuando existen beneficios económicos, la sanción puede alcanzar hasta dos tantos de los beneficios obtenidos. Si hubo daños o perjuicios a la Hacienda Pública o al patrimonio de un ente público, también puede determinarse una indemnización para reparar la totalidad de los daños acreditados.
¿El Tribunal de Disciplina Judicial puede mandar a un juez a la cárcel?
No. Una sanción impuesta por el Tribunal de Disciplina Judicial es de naturaleza administrativa.
Sin embargo, la legislación contempla una conexión con la materia penal. Cuando existen hechos que pudieran constituir un delito, el procedimiento administrativo puede desarrollarse de manera simultánea o sucesiva con el procedimiento penal.
La eventual responsabilidad penal corresponde a las autoridades penales competentes. Por ello, el TDJ puede dar vista al Ministerio Público cuando existan hechos que pudieran constituir delito, pero no sustituye al Ministerio Público ni al juez penal.
¿Puede ser destituido un juez?
Sí. Para juezas y jueces de Distrito y magistradas y magistrados de Circuito, la Ley Orgánica contempla la destitución cuando incurran, entre otros supuestos, en una causa de responsabilidad grave en el desempeño de sus cargos.
También puede proceder cuando exista reincidencia en una causa de responsabilidad sin haber atendido observaciones o amonestaciones relacionadas con faltas a la moral o disciplina.
La destitución implica la separación del cargo.
¿Puede haber una sanción aunque el juez ya no esté en el cargo?
La inhabilitación tiene un efecto distinto al de la destitución. Mientras la destitución termina con el cargo que ocupa una persona, la inhabilitación puede impedirle desempeñar determinados empleos, cargos o comisiones en el servicio público durante el periodo establecido en la resolución.
Por ello, un procedimiento disciplinario puede conservar consecuencias jurídicas aunque la persona ya no desempeñe el cargo que tenía cuando ocurrieron los hechos.
Este punto resulta relevante en el caso de Martha Magaña, quien actualmente es una jueza federal en retiro. Una eventual destitución ya no tendría el mismo efecto práctico que tendría sobre una persona en activo, aunque el procedimiento pueda determinar responsabilidades derivadas de conductas realizadas durante el ejercicio de su función.
¿Qué pasa con una suspensión durante una investigación?
Una medida cautelar no equivale a una sanción definitiva.
Durante la investigación o el procedimiento pueden solicitarse medidas cautelares cuando sean necesarias para preservar el procedimiento, evitar daños o proteger a personas potencialmente afectadas.
Estas medidas deben ser proporcionales a la conducta investigada y pueden adoptarse de manera provisional. La persona afectada debe ser escuchada dentro del procedimiento correspondiente.
Por ello, cuando se informa que “suspendieron a un juez”, es necesario precisar si se trata de una suspensión cautelar o temporal durante la investigación o de una suspensión impuesta como sanción definitiva.
¿Qué pasa con el caso de Martha Magaña?
El caso de Martha Magaña debe analizarse dentro de esta estructura legal. La exjueza no está siendo sancionada simplemente porque una resolución haya sido controvertida.
El procedimiento deberá determinar si los hechos que se le atribuyen encuadran en alguna de las conductas previstas por la Ley Orgánica y si existe responsabilidad administrativa, después de respetar las garantías procesales correspondientes.
La legislación contempla como falta la emisión dolosa de una resolución claramente contraria a la Constitución, a la ley aplicable o a jurisprudencia obligatoria. También contempla la emisión de resoluciones contrarias a las constancias de autos.
Al mismo tiempo, la legislación establece una protección a la independencia judicial y señala que no pueden iniciarse investigaciones o procedimientos por esos supuestos mientras el proceso jurisdiccional correspondiente no haya concluido definitivamente.
Por ello, el punto jurídico consiste en determinar cuándo una decisión jurisdiccional puede dejar de estar protegida por la independencia judicial y convertirse, conforme a la ley, en una conducta disciplinaria sancionable.
¿Cuántas personas han sido sancionadas?
En su primer año de funcionamiento, el Tribunal de Disciplina Judicial reportó 75 procedimientos de responsabilidad administrativa resueltos y 79 sanciones impuestas a 75 personas servidoras públicas, entre ellas juezas, jueces, magistradas, magistrados y otros integrantes del Poder Judicial.
El dato no significa que existan 79 jueces destituidos o 79 personas juzgadoras separadas del cargo, debido a que una misma persona puede recibir más de una sanción y el universo incluye distintos tipos de servidores públicos.
El Tribunal también reportó 7 mil 601 quejas y denuncias recibidas, de las cuales había resuelto 90.05% al corte de su primer informe anual.
¿Cuáles han sido algunos de los casos más severos?
Entre las sanciones difundidas desde la entrada en funciones del nuevo Tribunal aparecen casos de inhabilitación y destitución.
En diciembre de 2025, el TDJ informó sobre la inhabilitación por un año de un juez federal adscrito a un Centro de Justicia Penal Federal en Guerrero. La investigación determinó que utilizó recursos humanos y materiales del Poder Judicial, además de apoyo del Ejército y la Guardia Nacional, para acudir a un domicilio particular con el propósito de recuperar un vehículo de su propiedad y obtener el pago de una deuda.
En febrero de 2026, la Comisión de Disciplina informó de la inhabilitación por un año de otro juez federal por faltas graves relacionadas con resoluciones de amparo vinculadas con el exgobernador de Tamaulipas Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
En enero de 2026, la Comisión de Disciplina del TDJ informó de la destitución de un secretario en funciones de magistrado federal en el Estado de México por un caso relacionado con la alteración y simulación de documentos para obtener la renuncia de una trabajadora en contra de su voluntad.
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