Policía abre diligencias judiciales por homicidio imprudente tras la muerte de Jesús de Miguel: ¿podría ir a la cárcel?
La Policía Nacional de España abrió diligencias para determinar si existe alguna responsabilidad penal por el fallecimiento del futbolista.

Tras confirmarse la muerte del futbolista del Tenerife de 30 años, Jesús de Miguel Alameda, la Policía Nacional de España abrió una investigación por posible homicidio imprudente.
Cabe señalar que fue durante el partido entre Tenerife y Andorra de este lunes 2 de noviembre que, en los minutos finales, el delantero y el portero Jesús Owono vivieron un choque, el golpe generó una parada cardiorrespiratoria en Jesús de Miguel, quien fue trasladado a un hospital, donde finalmente perdió la vida.
De acuerdo con medios internacionales como El País, el Grupo de Homicidios abrió diligencias bajo supervisión judicial para determinar si existe alguna responsabilidad penal por parte de Jesús Owono, portero con el que se generó el impacto.
Policía investiga la muerte de Jesús de Miguel
Según la información que se ha proporcionado, las autoridades comenzaron las investigaciones para así poder reconstruir las circunstancias en las que se originó el impacto y poder establecer su relación con la muerte del jugador.
Cabe mencionar que el hecho de que se abra una investigación no significa que se acuse de algún delito a Owono o que tenga una responsabilidad penal.
Los resultados de estos análisis determinarán cómo se originó la acción de juego, cuál fue el riesgo y si superó los límites de una jugada de futbol convencional.
Cabe señalar que, tras el impacto, el jugador recibió maniobras de reanimación y recuperó inicialmente el pulso, motivo por el que se le trasladó a la Unidad de Cuidados Intensivos (UCI) del Hospital Universitario Nuestra Señora de La Candelaria.
¿Qué pena podría enfrentar Jesús Owono por homicidio imprudente?
Claro Sports consultó el Código Penal de España para determinar cuáles serían los posibles escenarios jurídicos, señalando el artículo 142.1, donde se habla de una pena de uno a cuatro años de prisión para una persona que cause la muerte de otra por imprudencia grave.
“Si el homicidio se hubiera cometido por imprudencia profesional, se impondrá además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo por un periodo de tres a seis años”, se puede leer.
Asimismo, en el artículo 142.2 se habla de una posible multa de tres a 18 meses cuando se determina que existió una imprudencia menos grave.
Aunque cabe señalar que, de momento, no se ha determinado que el arquero enfrente cargos y serán las autoridades las que determinen si existe una responsabilidad penal.
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