Derecho al agua limpia en México: ¿Qué dice la ley y qué puedes hacer si no se cumple?
El suministro y manejo del agua compete principalmente a las autoridades municipales.

Las leyes de México garantizan el derecho humano al agua de calidad, por lo que las personas pueden presentar quejas y amparos contra las autoridades que no brindan un adecuado servicio.
El pasado 11 de octubre, cerca de 10 mil personas marcharon contra la mala calidad del agua en Guadalajara. La protesta terminó en una presunta represión que dejó 39 personas detenidas.
El Gobierno de Jalisco anunció investigaciones y reiteró que trabajan en mejorar la calidad del recurso hídrico en la Zona Metropolitana de Guadalajara.
La Constitución reconoce el derecho humano al agua suficiente, saludable y asequible. Por ello, las personas pueden exigir la intervención de las autoridades cuando el suministro es insuficiente, llega de manera irregular o existe sospecha de contaminación.
Además, los usuarios pueden presentar amparos y las autoridades municipales pueden recibir sanciones.
¿Qué pasa si las autoridades no garantizan el derecho humano al agua en México?
La nueva Ley General de Aguas distribuye responsabilidades entre la Federación, los estados y los municipios para garantizar el acceso al agua.
Además, el artículo 115 constitucional establece que los municipios tienen a su cargo los servicios públicos de agua potable, drenaje, alcantarillado, tratamiento y disposición de aguas residuales.
Cuando el servicio falla, las consecuencias jurídicas dependen de los hechos, de la autoridad responsable y de las acciones que se hayan emprendido para resolver el problema.
¿Existen sanciones por incumplimiento?
No existe una multa única que se aplique automáticamente por cualquier corte o desabasto, pues depende de las circunstancias.
- La Ley de Aguas Nacionales contempla multas de entre 260 y 30 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA) para distintas conductas relacionadas con el uso, aprovechamiento y control de las aguas nacionales, lo que equivale aproximadamente a entre 30 mil 501 y 3 millones 519 mil 300 pesos con el valor vigente en 2026. No obstante, estos montos no se aplican automáticamente por la falta de suministro en una colonia.
Cuando una autoridad incumple con una sentencia de amparo para garantizar el acceso al agua, la Ley de Amparo prevé multas de 230 a 2 mil 295 UMA en determinados supuestos. Equivalen a alrededor de 26 mil 981 a 269 mil 226 pesos.
La sanción depende del procedimiento judicial y de las circunstancias del incumplimiento.
¿Qué establece la nueva Ley General de Aguas?
La Ley General de Aguas se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 11 de diciembre de 2025.
Entre sus disposiciones principales, destacan:
- Garantizar el derecho humano al agua: bases para el acceso, la disposición y el saneamiento del agua para consumo personal y doméstico.
- Coordinar a las autoridades: distribuye competencias entre la Federación, las entidades federativas y los municipios.
- Promover el acceso equitativo y sustentable: incorpora principios para la gestión de los recursos hídricos y su relación con otros derechos humanos.
- Establecer sanciones por infracciones específicas: el régimen sancionador contempla multas y otras medidas para las conductas que la legislación identifica como infracciones.
¿Qué puede hacer una persona si no tiene agua o sospecha que está contaminada?
La Comisión Nacional del Agua (Conagua) y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) recomiendan lo siguiente:
Paso 1: documentar el problema
Registra las fechas y la duración del desabasto, los horarios en que llega el agua y cualquier irregularidad. Conserva recibos, folios de reportes anteriores, fotografías, videos y respuestas del organismo operador.
Si sospechas que el agua está contaminada, describe las características observadas, sin asumir que estas señales identifican por sí solas un contaminante específico.
Cuando sea posible, solicita un análisis de laboratorio o la intervención de la autoridad sanitaria. Evita consumir agua cuya seguridad esté en duda hasta contar con orientación confiable.
Paso 2: presentar un reporte
El primer contacto por falta de suministro debe ser el organismo responsable del servicio de agua en tu municipio o localidad.
Al presentar el reporte:
- Proporciona la dirección y describe el problema.
- Solicita un número de folio.
- Pregunta por el plazo de atención y las medidas provisionales disponibles.
- Pide una respuesta por escrito y conserva el registro de las comunicaciones.
Si se trata de contaminación de aguas nacionales, la Conagua tiene un sistema de denuncias irregulares relacionadas con ríos, lagos, acuíferos y otros cuerpos. Puede presentarse en su portal oficial.
Ante un posible riesgo sanitario, la denuncia puede presentarse ante la Cofepris o autoridad sanitaria estatal. El trámite está disponible en este enlace.
Paso 3: evaluar si procede un amparo
Si el problema persiste y afecta el derecho humano al agua, puede buscarse asesoría jurídica para evaluar la procedencia de un amparo indirecto contra las autoridades por alguna omisión.
Un juzgado puede determinar, conforme al caso concreto, si existe una violación constitucional y qué medidas deben adoptar las autoridades.
El precedente en Ecatepec
El 24 de agosto de 2026, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió dos asuntos de habitantes de varias colonias de la Quinta Zona de Ecatepec por falta de suministro de agua.
Los habitantes denunciaron una falta de agua en la red pública; distribución inequitativa; falta de reparaciones de fugas y tomas clandestinas.
La Corte fijó medidas inmediatas y de mediano plazo para garantizar el derecho al agua, lo que beneficiaría a más de mil 800 personas.
Con ello, ordenó un suministro suficiente, continuo y de calidad; un mínimo de 100 litros diarios por persona; supervisión sanitaria y obras de infraestructura hídrica.
Sigue a Uno TV en Google Discover y consulta las noticias al momento.
¿Tienes una denuncia o información que quieras compartir? Escríbenos al WhatsApp de Uno TV: +52 55 8056 9131. Tu mensaje puede hacer la diferencia.


