SCJN cambia reglas de divorcio por bienes separados: protegerá a quienes hicieron trabajo del hogar
En divorcios por bienes separados, jueces deberán considerar pagos de créditos durante el matrimonio para calcular compensaciones por labores de cuidado.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación fijó nuevas reglas para los divorcios por bienes separados, protegiendo económicamente a quienes dedicaron su vida al trabajo del hogar.
Al resolver una contradicción de criterios entre los códigos civiles de Aguascalientes y Veracruz, el máximo tribunal estableció que la parte del crédito pagada durante el matrimonio debe tomarse en cuenta para determinar la compensación que corresponda a la expareja que realizó trabajo doméstico.
¿Qué cambia en los divorcios por bienes separados?
La resolución establece que, aunque un inmueble se haya adquirido a crédito antes del matrimonio, los pagos realizados durante la unión pueden considerarse para calcular la compensación económica si uno de los cónyuges se dedicó a las labores de cuidado.
La ministra Loretta Ortiz Ahlf explicó que las parcialidades del crédito cubiertas durante el matrimonio deben incluirse en la cuantificación de la compensación, aun cuando el contrato se haya firmado antes de la unión.
“Las parcialidades de un contrato de crédito para adquirir bienes que se solventaron por una cónyuge durante la vigencia del matrimonio, mientras el otro se dedica a labores de cuidado deben tomarse en cuenta en la cuantificación de la compensación económica aun cuando dicho contrato se haya suscrito antes de la celebración del vínculo matrimonial”,
Loretta Ortiz Ahlf, Ministra de la SCJN
Por su parte, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló que esta compensación considera los bienes, derechos o haberes adquiridos durante el matrimonio, periodo en el que coinciden el trabajo doméstico y las actividades realizadas en el mercado laboral.
La compensación no cambia la propiedad del inmueble
Los ministros aclararon que el criterio no modifica al dueño legal del inmueble, no transfiere la deuda ni convierte automáticamente la propiedad en patrimonio compartido.
El ministro Aristides Rodrigo Guerrero García explicó que el criterio permite considerar los pagos realizados durante el matrimonio para determinar la compensación económica.
Con este criterio, los jueces familiares deberán sumar los pagos de un bien adquirido al momento de calcular la indemnización, siempre y cuando se compruebe que el demandante efectivamente se dedicó a las labores de cuidado.
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