Veracruz endurece Código Penal: tipifica rapiña y cohabitación forzada; envenenamiento animal será agravante de maltrato
La modificación al Código Penal establece penas de dos a cinco años de cárcel en el caso de rapiña.

Quienes aprovechen un accidente vial para llevarse mercancía de los vehículos involucrados podrán enfrentar hasta cinco años de prisión y multas de hasta 500 UMAS en Veracruz, más de 50 mil pesos, luego de que el Congreso aprobó una reforma para castigar los actos de rapiña.
Sanciones por rapiña en Veracruz
La modificación al Código Penal establece penas de dos a cinco años de cárcel y multas de 100 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMAS) para quienes se apoderen de mercancías, objetos o bienes transportados en vehículos públicos o privados, aprovechando la vulnerabilidad, confusión o desorden generado por un accidente, siniestro o hecho de tránsito.
- La UMA tiene un valor de 117.31 pesos, en caso se ser multado con 500, puede ascender a 58 mil 655 pesos
La reforma fue aprobada el 6 de octubre de 2026 con 46 votos a favor, sin sufragios en contra ni abstenciones. Para ello, se adicionará el artículo 207 Bis al Código Penal de Veracruz.
¿Qué busca la medida contra rapiña en Veracruz?
De acuerdo con el dictamen, la medida busca proteger el patrimonio de particulares, empresas y permisionarios, además de reforzar la seguridad de las personas transportistas y de quienes circulan por las carreteras del estado.
- El documento advierte que los actos de rapiña posteriores a un percance pueden poner en riesgo la integridad de las personas afectadas, obstaculizar las labores de auxilio y agravar las consecuencias económicas y sociales del accidente.
La iniciativa fue presentada el 14 de mayo de 2026 por el diputado Omar Edmundo Blanco Martínez y analizada por las comisiones unidas de Justicia y Puntos Constitucionales y de Comunicaciones.
- La aplicación de las sanciones deberá respetar los principios de legalidad, presunción de inocencia, debido proceso y proporcionalidad. La pena solo podrá imponerse cuando se acrediten los elementos del delito y la responsabilidad de la persona imputada.
Veracruz castigará con hasta 15 años de cárcel la cohabitación forzada de menores
También, aprobó imponer penas de ocho a 15 años de prisión y multas de hasta 2 mil 500 UMAs a quienes obliguen o induzcan a personas menores de 18 años a vivir en una unión de pareja similar al matrimonio.
La reforma fue avalada por unanimidad, con 48 votos a favor, y establece un capítulo específico sobre el delito de cohabitación forzada en el Código Penal estatal. La sanción aplicará a quienes obliguen, coaccionen, gestionen u oferten este tipo de uniones, exista o no consentimiento de la persona menor de edad.
- La iniciativa fue presentada el 21 de mayo por el diputado Luis Vicente Aguilar Castillo. De acuerdo con el dictamen, la medida busca proteger la libertad, la educación, la salud y el desarrollo de niñas, niños y adolescentes.
Por último, el Congreso aprobó por unanimidad una reforma al Código Penal estatal para reforzar la protección de los animales ante actos de maltrato o crueldad cometidos mediante sustancias que provoquen su envenenamiento.
- El dictamen, avalado por el Pleno, reforma y adiciona una fracción al artículo 264 Quinquies del Código Penal de Veracruz. La propuesta fue emitida por la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales.
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