Crimen de lesa humanidad: ¿Qué es, quién investiga y qué sanciones hay?
La ONU ha encontrado indicios de un posible crimen de lesa humanidad en las desapariciones en México.

Los crímenes de lesa humanidad son ataques generalizados o sistemáticos perpetrados contra una población por distintos motivos. Son sancionados por la Corte Penal Internacional.
Durante su comparecencia ante la Asamblea General de la ONU, Juan Pablo Albán, presidente y miembro del Comité contra la Desaparición Forzada, reiteró que buscan activar para México el artículo 34 de la Convención, un mecanismo preventivo diseñado para movilizar la cooperación internacional.
Tras una investigación e informe sobre México, el Comité contra la Desaparición Forzada consideró que en México existen indicios para considerar dicho delito como un crimen de lesa humanidad.
No obstante, el propio Comité precisó que no encontró indicios bien fundados de que exista una política federal deliberada para cometer esos actos en todo el territorio nacional, aunque destacó que no es necesario un ataque generalizado o sistemático de todo el Estado para considerar un crimen de lesa humanidad.
La activación del artículo 34 permite a la Asamblea General iniciar una cooperación internacional y apoyo para respaldar al Gobierno mexicano en búsqueda e investigación.
¿Qué es un crimen de lesa humanidad?
El Estatuto de Roma lo define como un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento del mismo. Aplica en:
- Asesinato
- Exterminio
- Esclavitud
- Deportación o traslado forzoso de población
- Encarcelación u otra privación grave de la libertad física
- Tortura
- Violación y otras formas graves de violencia sexual
- Persecución de un grupo o colectividad por motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género, entre otros.
- Desaparición forzada de personas
- Apartheid
- Otros actos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o lesiones graves a la integridad física o la salud mental o física
Bajo estos criterios, la desaparición forzada puede considerarse un crimen de lesa humanidad, aunque no toda desaparición forzada constituye automáticamente un crimen de lesa humanidad.
Y es que debe acreditarse lo establecido por el artículo 7, es decir, que forme parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil cuyo autor tenga conocimiento pleno del ataque.
En México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha reconocido al Estatuto de Roma como parte del marco jurídico vigente en el país.
¿Quién investiga el crimen de lesa humanidad?
Investigación nacional
Las fiscalías competentes investigan los delitos conforme a sus atribuciones. La Fiscalía General de la República (FGR) puede indagar si la desaparición forzada cruza con otros delitos federales.
Internacional
La Fiscalía de la Corte Penal Internacional puede investigar los hechos si existe jurisdicción de la Corte y se cumplen los requisitos del Estatuto de Roma.
Al estar condicionada por el Estatuto de Roma, la Corte no es una instancia de apelación contra las fiscalías mexicanas ni interviene directamente en una denuncia.
La Corte Penal Internacional funciona bajo el principio de complementariedad: interviene cuando las jurisdicciones nacionales no están llevando a cabo genuinamente la investigación o el enjuiciamiento de los hechos que están en el marco del Estatuto de Roma.
México es Estado Parte del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, por lo que las decisiones de dicho órgano tienen alcance en el país.
¿Qué sanciones existen internacionalmente?
El Estatuto de Roma establece que la Corte Penal Internacional puede imponer una pena de hasta 30 años de prisión por un crimen de lesa humanidad. En cambio, se aplicaría una cadena perpetua cuando la extrema gravedad del crimen y las circunstancias personales del condenado lo justifiquen,
De igual forma, esta autoridad puede ordenar una multa y el decomiso de bienes y activos procedentes directa o indirectamente del crimen.
La pena depende de las circunstancias del caso y de la gravedad de los delitos por los que se determine responsabilidad.
Además, estas sanciones sólo aplican en los 125 países que se han incorporado al estatuto, incluido México.
Principales condenados por crímenes de lesa humanidad
Germain Katanga
En 2014, la Corte Penal Internacional declaró culpable a Germain Katanga, de República Democrática del Congo, como cómplice por asesinato, además de cuatro crímenes de guerra relacionados con el ataque contra la localidad de Bogoro, en Ituri.
Recibió una condena de 12 años de prisión, cuya sentencia se volvió definitiva después de que la defensa y la Fiscalía retiraron sus apelaciones.
Bosco Ntaganda
En 2019, Bosco Ntaganda fue declarado culpable de 18 cargos de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad cometidos en Ituri, el Congo, entre 2002 y 2003. Posteriormente, la Corte lo condenó a 30 años de prisión.
Ali Muhammad Ali
La Corte declaró culpable a Ali Muhammad Ali Abd-Al-Rahman de 27 cargos de crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad. Los hechos sucedieron en 2003 y 2004 en Darfur, Sudán.
En diciembre de 2025, recibió una condena de 20 años de prisión. Actualmente, el caso está en apelación.
El 21 de noviembre del 2027, este órgano emitió una orden de arresto contra el primer ministro de Israel, Benjamin Netanyahu, y otros dos líderes, por posibles crímenes de lesa humanidad contra palestinos en Gaza.
Sigue a Uno TV en Google Discover y consulta las noticias al momento.
¿Tienes una denuncia o información que quieras compartir? Escríbenos al WhatsApp de Uno TV: +52 55 8056 9131. Tu mensaje puede hacer la diferencia.


