SCJN protege pensión por viudez: no podrán limitarla a 10 años
La Suprema Corte resolvió que la pensión por viudez no puede tener una fecha de vencimiento y también protegió recursos de vivienda.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que no se puede limitar a 10 años el pago de una pensión por viudez. La resolución, emitida en 2026, establece que este derecho de seguridad social no puede cancelarse automáticamente por el simple paso del tiempo.
El caso surgió después de que una mujer demandó a una universidad autónoma que intentó retirarle su pensión y otras prestaciones con base en disposiciones de un contrato colectivo de trabajo.
Pensión por viudez: ¿qué resolvió la SCJN?
Al resolver el Amparo Directo en Revisión 7272/2025, la Corte determinó que es inconstitucional establecer límites de tiempo para el pago de una pensión por viudez.
Esto significa que las instituciones no pueden fijar una fecha de vencimiento ni suspender automáticamente esta prestación después de cierto número de años.
El máximo tribunal también señaló que los contratos colectivos, reglamentos internos y otras disposiciones administrativas no pueden imponerse sobre los derechos protegidos por la Constitución.
La pensión tiene carácter vitalicio, siempre que se mantengan las condiciones legales para recibirla.
¿A quiénes beneficia el fallo sobre la pensión?
El criterio surgió de un conflicto con una universidad autónoma, pero puede tener implicaciones para otras instituciones que otorgan pensiones derivadas del fallecimiento de un trabajador.
Entre ellas se encuentran:
- IMSS e ISSSTE.
- Universidades públicas.
- Organismos autónomos.
- Sindicatos.
- Empresas con esquemas propios de pensiones.
La resolución establece que el simple hecho de haber recibido la pensión durante 10 años no justifica su cancelación. Sin embargo, el alcance concreto de su aplicación depende del régimen legal correspondiente y de las circunstancias de cada caso.
SCJN también protege el ahorro para vivienda
Otro punto relevante de la sentencia tiene que ver con los fondos de ahorro para vivienda acumulados por el trabajador fallecido.
La Corte resolvió que estos recursos deben entregarse a las personas que tengan derecho a ellos. Por lo tanto, no pueden retenerse únicamente por argumentos administrativos o contractuales.
En el caso analizado, el fallo ordenó devolver los fondos correspondientes.
¿Por qué la Corte rechazó limitar la pensión por viudez?
La SCJN consideró que los derechos a la seguridad social, la dignidad humana y la subsistencia económica deben prevalecer frente a restricciones establecidas en normas internas.
La pensión por viudez busca brindar protección económica a la familia tras la muerte de un trabajador. Por ello, imponer una fecha límite puede contradecir la finalidad de esta prestación y afectar los derechos de las personas beneficiarias.
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