¿Quieres irte de Estados Unidos voluntariamente? No todos deben hacer el mismo trámite
¿Vas a salir voluntariamente de Estados Unidos? Conoce cómo registrar tu partida si tienes Green Card, caso migratorio o estatus indocumentado

Si has decidido dejar Estados Unidos por voluntad propia, hay algo que conviene tener claro antes de comprar el boleto: salir del país y notificar oficialmente tu salida no siempre son la misma cosa. El procedimiento cambia según tengas Green Card, una visa temporal, un caso ante un juez de inmigración o una situación migratoria irregular.
La información oficial de ICE y otras agencias federales contempla distintos caminos para registrar o formalizar la salida. Elegir el equivocado puede dejarte con dudas sobre tu expediente migratorio o incluso generar consecuencias que no esperabas.
¿Cómo notificar tu salida voluntaria de Estados Unidos?
La primera pregunta es qué estatus migratorio tienes actualmente. Para una persona que entró como turista y simplemente regresa a su país, por ejemplo, no existe el mismo trámite que para alguien que está en un proceso de deportación. CBP explica que las salidas por avión normalmente quedan registradas electrónicamente a través de la información proporcionada por la aerolínea.
La situación cambia cuando la salida ocurre por tierra o cuando existe un expediente migratorio pendiente.
¿Qué debe hacer un residente con Green Card que quiere irse de EE. UU.?
Si eres residente permanente y has decidido abandonar definitivamente tu residencia, existe un procedimiento específico: el Formulario I-407, Record of Abandonment of Lawful Permanent Resident Status.
USCIS señala que este formulario sirve para dejar constancia de que el residente renuncia voluntariamente a su estatus de residente permanente. No es simplemente un aviso de viaje. Al firmarlo, la persona declara que ya no tiene intención de vivir permanentemente en Estados Unidos y reconoce que está renunciando a la posibilidad de una audiencia ante un juez de inmigración sobre el abandono de su residencia. Formulario I-407 de USCIS
Ese detalle importa mucho. No conviene firmar el I-407 como si fuera un simple formulario de salida si todavía tienes dudas sobre tu residencia o sobre la posibilidad de regresar a Estados Unidos.
¿Qué pasa si estás indocumentado y quieres salir voluntariamente?
Aquí aparece una opción que ha cobrado especial importancia: CBP Home.
La aplicación oficial permite a determinadas personas en Estados Unidos notificar al gobierno su intención de salir del país mediante la función “Intent to Depart”. CBP confirmó en mayo de 2026 que esta herramienta permite notificar al Gobierno de EE. UU. la intención de salir voluntariamente.

La aplicación solicita información biográfica y otros datos para procesar la intención de salida. La documentación oficial de DHS también explica que la información enviada puede ser utilizada para verificación de identidad, revisión y confirmación de la salida, y que puede compartirse con agencias como ICE.
Información oficial de CBP Home
Es decir, no deberías tratar esta aplicación como si fuera una herramienta anónima. Si estás considerando utilizarla, es importante entender qué información estás entregando y cuáles son las consecuencias migratorias de tu decisión.
¿Tienes un caso en la corte de inmigración?
Este es probablemente el escenario que más cuidado requiere.
Si tienes un proceso de deportación ante un juez de inmigración, simplemente comprar un boleto y salir del país no equivale necesariamente a obtener una “salida voluntaria”.
El Departamento de Justicia explica que la voluntary departure es una forma de alivio migratorio que permite a una persona elegible abandonar Estados Unidos sin recibir una orden de deportación, lo que puede preservar la posibilidad de solicitar posteriormente una admisión legal al país.
Dependiendo de la etapa del proceso, un juez puede conceder distintos periodos para abandonar el país. La salida voluntaria previa a la conclusión del proceso puede conceder hasta 120 días, mientras que la posterior puede llegar hasta 60 días, siempre que se cumplan los requisitos correspondientes.
ICE también contempla documentación específica para este procedimiento. En estos casos, no basta con avisarle a una oficina de manera informal que piensas irte.
Si tienes una audiencia pendiente, una orden migratoria o un caso ante la corte, conviene consultar con un abogado de inmigración antes de abandonar Estados Unidos.
¿Y si entraste legalmente como turista?
Para quienes ingresaron con una visa de no inmigrante o bajo un programa de autorización de viaje, la situación suele ser mucho más sencilla.
Si sales por avión, CBP señala que la aerolínea registra la salida electrónicamente. Si sales por tierra, en cambio, la salida podría no quedar registrada automáticamente, por lo que es importante revisar el historial de viajes del I-94 y conservar documentos que prueben cuándo abandonaste Estados Unidos.
Entre las pruebas que CBP menciona están:
- Sellos de entrada en el pasaporte
- Boletos de transporte
- Recibos relacionados con el viaje
- Otros documentos que permitan demostrar la salida
Consulta tu historial oficial I-94
La diferencia puede parecer pequeña, pero para alguien que planea volver a Estados Unidos en el futuro demostrar que salió a tiempo puede ser importante.
Y ese es justamente el punto que no conviene perder de vista: “salida voluntaria”, “autodeportación” y una salida normal como turista no son necesariamente lo mismo. Antes de notificar tu partida al gobierno, identifica cuál de estas situaciones corresponde a tu caso.
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