Deportaciones a terceros países: lo que está en juego en la nueva petición de Trump a la Corte Suprema
Trump pide frenar fallo que exige avisar antes de deportar a otro país

El gobierno de Donald Trump pidió a la Corte Suprema que le permita seguir deportando inmigrantes a países distintos bajo las reglas que un tribunal de apelaciones declaró ilegales, de acuerdo con la solicitud de emergencia que presentó el 24 de septiembre de 2026.
La petición llegó menos de un día después de que el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito, con sede en Boston, levantó la pausa que mantenía sin efecto la sentencia que confirmó en su fallo del 18 de septiembre, la cual obliga al Departamento de Seguridad Nacional (DHS) a avisar a cada persona a qué país será enviada y a darle una oportunidad real de decir que teme persecución o tortura en ese lugar.
La respuesta de la Corte Suprema definirá, al menos mientras continúa el litigio, si miles de inmigrantes con orden final de deportación pueden ser enviados a países que no son el suyo con poco o ningún aviso, o si antes deben tener la posibilidad de pedir protección.
¿Qué decidió el tribunal de apelaciones y qué pide el gobierno?
El Primer Circuito confirmó casi por completo la sentencia que el juez federal Brian Murphy dictó el 25 de febrero de 2026, incluida la anulación de la guía del DHS sobre estas deportaciones. El tribunal concluyó que la ley obliga a dar aviso efectivo del país de destino y una oportunidad real de impugnarlo antes de cualquier deportación a un tercer país.
La decisión no prohíbe estas deportaciones, sino que exige cumplir esos pasos antes de hacerlas. El tribunal solo anuló una parte de la sentencia, la que obligaba a intentar primero la deportación al país que la persona eligió o al de su nacionalidad, porque los demandantes no tenían legitimación legal para reclamarla. Ese fallo fue el que declaró ilegal la política de deportaciones a terceros países del gobierno.
El fiscal general, Todd Blanche, afirmó en redes sociales que la orden les impidió realizar todas las deportaciones a terceros países, a las que calificó como una herramienta legal e invaluable, según Reuters.
En la solicitud, el procurador general D. John Sauer pide suspender la sentencia de Murphy mientras el gobierno presenta un recurso formal ante la Corte Suprema, además de una suspensión administrativa inmediata mientras se estudia el caso.
Sauer sostiene que los retrasos obligan a rehacer los acuerdos con otros países y que 1,432 personas con condenas penales que esperan ser enviadas a un tercer país podrían quedarse en Estados Unidos por el fallo.
Es la tercera vez que el gobierno pide ayuda de emergencia a la Corte Suprema en este caso. En junio de 2025, la Corte permitió que la política siguiera vigente mientras avanzaba el litigio, y en julio de ese año aclaró el alcance de esa decisión.
¿Qué son las deportaciones a terceros países y a quiénes afectan?
Una deportación a un tercer país ocurre cuando el gobierno envía a una persona con una orden final de deportación a un país que no aparece en esa orden ni se le mencionó por escrito durante su proceso migratorio. El gobierno recurre a esta vía cuando el país de origen se niega a recibir a la persona o cuando un juez le otorgó protección para no ser devuelta ahí.
La guía que el DHS adoptó en marzo de 2025, y cuya anulación confirmó el tribunal, permite deportar a alguien sin aviso previo si el país de destino dio garantías diplomáticas, que el Departamento de Estado considere creíbles, de que no perseguirá ni torturará a las personas deportadas desde Estados Unidos. Cuando no hay garantías, la persona recibe un aviso y, por lo general, se espera al menos 24 horas, pero los agentes no le preguntan si tiene miedo y solo se evalúa su caso si ella lo dice por su cuenta.
La mayoría de estas deportaciones han sido a México, pero el gobierno también ha enviado a miles de personas a más de dos docenas de países, desde Liberia hasta Guyana, según The Associated Press (AP). En su solicitud, el gobierno reporta 7,257 deportaciones a México como tercer país desde enero de 2025.
El fallo describe además la llamada devolución en cadena, que ocurre cuando el tercer país envía a la persona justo al país del que estaba protegida. Uno de los demandantes, un guatemalteco al que un juez de inmigración había protegido contra su deportación a Guatemala, fue enviado a México, y México lo deportó a Guatemala.
¿Qué pasó con el vuelo cancelado y cuáles son los plazos en la Corte Suprema?
Un vuelo de deportación a terceros países programado para el 24 de septiembre detonó la petición del gobierno a la Corte Suprema, porque al enterarse de ese vuelo los abogados de los inmigrantes pidieron al Primer Circuito, la noche anterior, levantar la pausa que desde marzo mantenía sin efecto la sentencia de Murphy. El tribunal lo hizo a las 11:36 p.m., sin que el gobierno llegara a responder.
El DHS informó que tuvo que cancelar un vuelo a tres países con 70 personas con condenas penales, y que eso lo obligó a negociar de nuevo con cada uno de ellos. Según los abogados de los demandantes, el vuelo iba a Burundi, Ruanda y la República Centroafricana, aunque el gobierno no ha confirmado los destinos. El DHS también dijo que retiró a casi 150 personas de otros vuelos y que tenía previsto uno más a cuatro países con 58 personas.
El caso avanza con plazos muy cortos desde el fallo.
- 18 de septiembre de 2026, el Primer Circuito confirma casi toda la sentencia de Murphy.
- 23 de septiembre, el tribunal levanta la pausa y la sentencia vuelve a tener efecto.
- 24 de septiembre, el gobierno presenta su solicitud ante la Corte Suprema.
- 28 de septiembre, a las 4 p.m. (hora del Este), vence el plazo para que los demandantes respondan.
La solicitud quedó en manos de la jueza Ketanji Brown Jackson, que atiende las emergencias que llegan del Primer Circuito y que fijó ese plazo sin conceder la suspensión inmediata, de acuerdo con el expediente oficial de la Corte. Sauer pidió que, en ese caso, la petición de suspensión inmediata pase al pleno de los nueve jueces, así que la Corte podría actuar antes o después del 28 de septiembre, sin una fecha definida para resolver.
¿Qué derechos tiene un inmigrante que teme persecución o tortura en el país de destino?
Mientras la sentencia siga vigente, protege a las personas con orden final de deportación que el DHS quiera enviar a un país no mencionado en su proceso. Estos son los derechos que reconoce.
- Recibir aviso efectivo del país al que el gobierno planea enviarla.
- Tener una oportunidad real de decir que teme ser perseguida o torturada en ese país, antes de la deportación.
- Pedir protección contra la tortura bajo la Convención contra la Tortura, un derecho que el tribunal reconoció a todas las personas del grupo protegido.
- Pedir protección contra la persecución, conocida en inglés como withholding of removal, salvo quienes quedan excluidos por ley, por ejemplo por ciertos antecedentes penales.
Esas garantías dependen de lo que decida la Corte Suprema, que en 2025 ya permitió aplicar la política mientras seguía el litigio. Si la Corte vuelve a suspender la sentencia, la guía del DHS recuperaría efecto, y como en ella los agentes no preguntan si la persona tiene miedo, expresarlo en cuanto reciba el aviso puede ser decisivo.
Para quienes enfrentan este proceso sin un abogado que los represente, avisar de inmediato a un representante legal o a una organización de ayuda migratoria sobre cualquier notificación de traslado a un tercer país puede marcar la diferencia, porque bajo la guía del DHS los plazos pueden ser de apenas horas.
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