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    ICE en las iglesias: grupos religiosos podrán seguir la demanda como “lugares sensibles”

    21 octubre, 2026 | 11:46 | Miguel Escudero | Corte de Apelaciones del Circuito de D.C.

    GENERANDO AUDIO...
    Corte permite a 27 grupos religiosos seguir su demanda contra ICE en templos
    Agente de ICE
    ICE puede seguir arrestando en iglesias bajo las reglas vigentes. Foto: AFP

    Una coalición de 27 organizaciones cristianas y judías ganó el derecho a seguir peleando en tribunales para que el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE) vuelva a tener límites al detener inmigrantes en iglesias, sinagogas y otros templos. La Corte de Apelaciones del Circuito de D.C. revocó, por dos votos contra uno, la decisión de una jueza que había cerrado la puerta al caso, según la opinión publicada por el tribunal.

    La demanda nació en febrero de 2025, semanas después de que el gobierno de Donald Trump eliminara una política de más de tres décadas que obligaba a los agentes de inmigración a pedir permiso antes de actuar en templos, escuelas o funerales. Entre los demandantes figuran la Latino Christian National Network (Red Nacional Cristiana Latina) y las iglesias Episcopal, Presbiteriana y Menonita, que sostienen que el miedo a los operativos alejó a muchos fieles de sus congregaciones.

    El fallo, sin embargo, no devuelve por sí solo ninguna protección a los templos. ICE puede seguir realizando arrestos en iglesias bajo las reglas vigentes desde enero de 2025, mientras el caso regresa a la misma jueza que lo rechazó la primera vez, quien deberá decidir si ordena restablecer los límites.

    ¿Qué decidió la Corte de Apelaciones y por qué los grupos religiosos sí pueden demandar?

    La jueza federal Dabney Friedrich había rechazado el caso el 11 de abril de 2025 porque, a su juicio, las organizaciones no demostraron un riesgo real y cercano para sus templos. La mayoría de la Corte de Apelaciones, con los votos de los jueces Florence Pan y Robert Wilkins, concluyó que bastaba con mostrar una amenaza creíble de que ICE actuara en sus iglesias, y los demandantes la acreditaron con hechos ocurridos después de enero de 2025, entre ellos los siguientes.

    • Una redada en una iglesia vinculada a los demandantes y otra en el terreno de junto a un segundo templo
    • Una redada en otra iglesia que no forma parte de la demanda
    • Vigilancia de agentes en o cerca de tres iglesias afiliadas a las organizaciones demandantes
    • Declaraciones públicas del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) sobre su intención de aumentar los arrestos

    Con esos elementos, la mayoría escribió que existe “buena evidencia de que la amenaza de aplicación de la ley no es quimérica”. La jueza Neomi Rao votó en contra porque, en su opinión, volver a las reglas anteriores no cambia la autoridad de ICE para arrestar, y recordó que el tribunal de primera instancia solo encontró un operativo entre cientos de congregaciones afiliadas.

    Iglesias cristianas y comunidades judías, detrás de la demanda

    Las 27 organizaciones reúnen a 16 iglesias y cuerpos religiosos nacionales y regionales, además de 11 asociaciones de fe, según la lista difundida por el Instituto para la Defensa y Protección Constitucional de la Universidad de Georgetown (ICAP), que encabeza su defensa legal. Además de las iglesias Menonita, Episcopal y Presbiteriana, figuran la Asociación Unitaria Universalista, conferencias de la Iglesia Metodista Unida y grupos judíos como la Unión para el Judaísmo Reformista y la Asamblea Rabínica.

    La presencia latina en la coalición la encabeza la Latino Christian National Network, presidida por el reverendo Carlos L. Malavé, junto con la Convención Bautista Hispana de Texas. Malavé sostuvo, al presentarse la demanda, que “el bienestar espiritual y la libertad de culto son principios fundamentales y no negociables de nuestra fe”. Tras el fallo, los líderes de la Iglesia Episcopal afirmaron en un comunicado difundido por Episcopal News Service que “no podemos ser verdaderamente nosotros mismos cuando algunos no pueden rendir culto libremente con nosotros”.

    NEW: In a 2-1 vote, the D.C. Circuit ruled that religious groups have standing to challenge the Trump administration's rollback of restrictions on immigration enforcement at houses of worship. pic.twitter.com/pruFu5hnB0

    — SCOTUS Wire (@scotus_wire) October 20, 2026

    ¿Qué política eliminó el gobierno en enero de 2025 y cómo opera hoy ICE en los templos?

    Desde 1993, el gobierno federal mantenía una política de “lugares sensibles” que, desde su actualización de 2021, exigía aprobación previa de las oficinas centrales antes de cualquier operativo en una iglesia, salvo en emergencias. El 20 de enero de 2025, el secretario interino Benjamine Huffman revocó esas reglas y pidió a los agentes usar su “discreción” junto con “una buena dosis de sentido común”. Once días después, un memorando de ICE dejó la decisión en manos de los supervisores de cada oficina, caso por caso.

    El propio DHS presentó el cambio como una herramienta para arrestar a más personas, al asegurar que los “extranjeros criminales” ya no podrían esconderse en “escuelas e iglesias”. Ante la falta de reglas federales, algunos estados aprobaron sus propias normas. En Delaware entraron en vigor en septiembre de 2026 leyes que impiden a la policía local colaborar con operativos migratorios en templos, escuelas y centros de salud, aunque esas restricciones se dirigen a las autoridades estatales y locales.

    ¿Por qué la política sigue vigente y qué pasará en la corte de distrito?

    La decisión del 20 de octubre solo resolvió si los grupos religiosos pueden pedir protección a un juez, así que el memorando de enero de 2025 sigue siendo la regla general con la que opera ICE, incluso en la mayoría de los templos de los 27 demandantes. La jueza Friedrich deberá revisar de nuevo la petición de una orden preliminar, una medida temporal que restablecería los límites mientras avanza el juicio. La opinión no fija un plazo para esa revisión, ni resuelve si ICE debe presentar una orden firmada por un juez para arrestar en templos.

    Otros jueces sí frenaron la política, aunque solo para quienes demandaron. En Maryland, el juez Theodore Chuang obligó al DHS a respetar las reglas de 2021 en templos cuáqueros, en el Templo Sij de Sacramento y en la Cooperative Baptist Fellowship, una decisión confirmada por la Corte de Apelaciones del Cuarto Circuito. En Massachusetts, el juez F. Dennis Saylor prohibió los arrestos, registros e interrogatorios sin orden en iglesias luteranas y bautistas de ocho demandantes, salvo en emergencias, de acuerdo con la resolución del tribunal federal de Massachusetts. Así se ha ido armando ese mapa de protecciones parciales.

    • 20 de enero de 2025. El DHS elimina las reglas de 2021 sobre lugares sensibles.
    • 11 de abril de 2025. La jueza Friedrich rechaza la petición de los 27 grupos.
    • 13 de febrero de 2026. El juez Saylor limita los arrestos sin orden en iglesias luteranas y bautistas.
    • 18 de agosto de 2026. El Cuarto Circuito confirma la protección de templos en Maryland.
    • 20 de octubre de 2026. El Circuito de D.C. revive la demanda de los 27 grupos.

    ¿Qué derechos tienen los fieles y las congregaciones si ICE llega a un templo?

    Mientras el caso sigue su curso, las congregaciones que no están cubiertas por ninguna orden judicial funcionan como cualquier espacio abierto al público. Según una guía de la Red Católica de Servicios Legales para Inmigrantes (CLINIC), la nave principal de un templo se considera un espacio público, por lo que los agentes pueden entrar a la zona de culto sin orden. Las oficinas y otras áreas cerradas al público, en cambio, requieren una orden de cateo.

    Para entrar a las áreas privadas de una iglesia, como una rectoría o un convento, ICE necesita una orden judicial firmada por un juez, porque una orden administrativa emitida por el DHS no autoriza ese ingreso. Es la misma distinción que aplica cuando ICE llega a una casa o a un centro de trabajo. Si los agentes entran sin una orden válida, el personal puede expresar en voz alta que no da su consentimiento y documentar lo ocurrido.

    Los fieles, sin importar su estatus migratorio, conservan el derecho a guardar silencio, a preguntar si están detenidos o si pueden retirarse y a negarse a un registro. La guía aconseja no correr ni esconderse y pedir hablar con un abogado, aunque en los procesos migratorios el gobierno no asigna uno gratuito. También recuerda que las personas no ciudadanas deben portar prueba de su estatus y mostrarla si un agente de inmigración se la pide.

    ¿Qué preparar ante la presencia de ICE?

    Las congregaciones pueden prepararse antes de una visita de los agentes con medidas sencillas que recomiendan los abogados de la red católica, pensadas para evitar el pánico y proteger a sus miembros.

    • Designar a una persona encargada de hablar con los agentes y revisar cualquier orden
    • Pedir que la orden se muestre por una ventana o se deslice bajo la puerta, en lugar de abrir
    • Definir por escrito qué áreas del templo son privadas
    • Anotar nombres, números de placa y agencia de los agentes, y conservar los videos de seguridad
    • Evitar preguntar o registrar el estatus migratorio de los miembros
    • Avisar de inmediato a la familia y al abogado de cualquier persona detenida

    La grabación de los agentes también está permitida si la persona se siente segura de hacerlo, aunque las reglas varían según el estado, y un tribunal federal de apelaciones confirmó el derecho a grabar a agentes de inmigración desde un espacio público. Los abogados advierten, además, que el llamado “santuario” en una iglesia nunca ha tenido protección en la ley federal, por lo que esconder a una persona puede derivar en acciones legales contra la congregación.

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