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    Green Card, asilo y TPS: las cuotas que suben en las cortes de inmigración a partir de octubre

    29 septiembre, 2026 | 14:55 | Miguel Escudero | Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración

    GENERANDO AUDIO...
    Cortes de inmigración suben cuotas de 3 a 50 dólares desde octubre
    Las cuotas de migración subirán a partir del 1 de octubre
    La subida responde al ajuste por inflación de 3.4% que exige el OBBB. Foto: Envato

    Las cortes de inmigración cobrarán más a partir del 1 de octubre a quienes tramiten la Green Card, la cuota anual de asilo, el Estatus de Protección Temporal (TPS) o un perdón migratorio ante un juez. Los nuevos montos aplicarán a todo trámite presentado desde esa fecha, según un aviso publicado en el Federal Register por la Oficina Ejecutiva de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR), que administra estas cortes.

    Los aumentos van de 3 a 50 dólares y responden al ajuste por inflación de 3.4% que exige cada año la ley conocida como One Big Beautiful Bill, aprobada en 2025. 

    Respecto a la solicitud inicial de asilo, esta no cambia y se mantiene en 100 dólares. La cuota anual de asilo, por su parte, llega al aumento en medio de un pleito legal. Una jueza federal anuló el 22 de septiembre la forma en que los jueces de inmigración la estaban cobrando, aunque el pago sigue siendo obligatorio porque lo exige la ley.

    El caso del TPS tiene una limitación adicional, porque solo pueden tramitarlo personas de los pocos países que todavía conservan esa protección. Tras la cancelación de la mayoría de las designaciones, solo El Salvador, Ucrania, Sudán y Líbano la mantenían en septiembre, y en el caso salvadoreño el gobierno todavía no anuncia si la extiende o la termina.

    ¿Cuánto suben las cuotas en la corte de inmigración?

    El ajuste es moderado, pero se aplica sobre cargos que la ley de 2025 creó para estos trámites en las cortes. Estos son los montos que regirán para los trámites presentados desde el 1 de octubre.

    • Ajuste de estatus para obtener la green card (formulario I-485), de mil 540 a mil 590 dólares
    • Perdón por inadmisibilidad (formulario I-601), de mil 70 a mil 100 dólares
    • Estatus de Protección Temporal o TPS (formulario I-821), de 510 a 520 dólares
    • Cuota anual de asilo, de 102 a 105 dólares
    • Solicitud inicial de asilo (formulario I-589), sin cambio en 100 dólares

    El monto que se paga depende de la fecha en que se presenta el trámite ante la corte. Lo que se entregue hasta el 30 de septiembre paga las cuotas actuales, y todo lo que se presente a partir del 1 de octubre ya paga las nuevas.

    #Update: Apati 1ye oktòb 2026, "Annual Asylum Fee" pou dosye azil ki annatant yo ap pase soti $102 pou rive $105. Frè sa a pa fiks: H.R. 1 prevwa pou li ajiste chak ane selon enflasyon. EOIR deja anonse chanjman an ofisyèlman; pou dosye USCIS, tann avi ofisyèl USCIS. pic.twitter.com/5b75wHPq9B

    — Dorvilus F. Baeur (@dennly109) September 29, 2026

    ¿Quiénes pagan estas cuotas y por qué no son las de USCIS?

    Estas cuotas solo aplican cuando el trámite se presenta dentro de un caso en la corte de inmigración o ante la Junta de Apelaciones de Inmigración. Quien hace el mismo trámite directamente con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración paga las tarifas que USCIS cobra por la Green Card y otros formularios, que no forman parte de este aviso.

    En la corte, el cargo de la ley de 2025 se suma a la tarifa normal del formulario. El aviso aclara que no modifica la tarifa que cobra el Departamento de Seguridad Nacional por esos formularios. 

    Los trámites propios de la corte también suben el 1 de octubre, de acuerdo con una regla de la EOIR publicada en agosto. Apelar la decisión de un juez ante la Junta costará mil 60 dólares en total, y pedir que un juez reabra o reconsidere su decisión, mil 95 dólares.

    ¿Qué pasa con la cuota anual de asilo?

    La cuota anual de asilo es cubierta por las personas cuya solicitud de asilo lleva un año o más pendiente, y se cobra otra vez por cada año adicional que el caso siga abierto, según las preguntas frecuentes del portal de pagos de la EOIR. Es una cuota parecida a la tarifa anual que USCIS cobra a los solicitantes de asilo, y pesa más en un sistema donde los casos en las cortes de inmigración tardan cada vez más en resolverse.

    La jueza federal Stephanie A. Gallagher, de Maryland, anuló el 22 de septiembre el memorándum y la orden modelo con los que los jueces de inmigración cobraban la cuota, según el fallo del caso. La orden exigía un comprobante de pago sin tomar en cuenta a personas detenidas o sin acceso a una computadora o impresora. Además, su redacción sugería que un juez podía rechazar otras protecciones contra la deportación por falta de pago.

    Pese a lo anterior, el fallo no elimina la cuota, que sigue en la ley. Tampoco se sabe todavía cómo cambiarán las cortes su forma de cobrarla, según la Asylum Seeker Advocacy Project (ASAP), la organización que presentó la demanda. Mientras tanto, el aviso de la EOIR fija la cuota en 105 dólares desde el 1 de octubre.

    El costo, sin embargo, exime a un grupo. La Junta de Apelaciones de Inmigración decidió en julio que la cuota anual no aplica a quienes solo piden la retención de la deportación (withholding of removal) o protección bajo la Convención contra la Tortura, según su decisión en el caso Matter of L-F-R-.

    ¿Qué conviene revisar antes y después del 1 de octubre?

    Quien tenga un trámite listo para presentar ante la corte todavía puede hacerlo con las cuotas actuales hasta el 30 de septiembre. Aun así, la diferencia máxima es de 50 dólares, así que apresurar una solicitud incompleta puede salir más caro que pagar el aumento.

    Para quienes presenten después, el paso más útil es revisar el monto exacto al momento de pagar. El portal de pagos de la EOIR muestra el total que corresponde a cada trámite, con la tarifa normal y el cargo de la ley de 2025 ya sumados. Hay otros puntos que ayudan a evitar sorpresas.

    • Confirmar la fecha en que se presentará el trámite, porque de eso depende qué cuota aplica
    • Guardar el comprobante de pago del portal, aunque la orden que lo exigía fue anulada
    • Estar al pendiente de cualquier orden del juez con una fecha límite para la cuota anual de asilo, en caso de tener una solicitud pendiente por más de un año
    • Consultar con frecuencia el estado del caso en la corte de inmigración para no perder avisos de pago o de audiencia

    Si una persona recibe una orden de pago que no le corresponde, por ejemplo porque su caso solo pide protección bajo la Convención contra la Tortura, vale la pena revisarla con un abogado o una organización de ayuda legal antes de pagar o ignorarla.

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